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Lesa Humanidad

Una reparación histórica, 39 años después

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En una sentencia inédita, la Justicia bonaerense reglamentó una reparación histórica para trabajadores del Astillero Río Santiago que fueron víctimas de la represión de Estado. Los ex obreros, muchos mayores de 70 años, viven a la espera de que la Provincia deje de interponer recursos dilatorios y cumpla con el fallo judicial, que les reconoció la restauración de los legajos, el reconocimiento de su categoría como operarios y una jubilación.

Por: Mariana Sidoti
Fotos: María Paula Ávila
Publicada: 27/12/18

31 de marzo de 1976. Una larga fila de trabajadores del Astillero Río Santiago (ARS) se extiende desde la puerta de entrada al galpón, a la vera de la costa ensenadense. La empresa lleva una semana cerrada, precisamente desde el 24 de marzo, día en que la Junta Militar conformada por Jorge Videla, Emilio Massera y Orlando Agosti se proclamó al frente del Gobierno argentino a través de un golpe de Estado.

Los trabajadores aguardan en fila para regresar a sus puestos después de siete días de inactividad. Muchos son militantes políticos, algunos delegados de ATE: la mayoría combativos a la conducción del momento. Uno a uno van atravesando lo que en minutos será una boca de lobo. En la puerta del Astillero hay militares uniformados con una lista en la mano que deciden quiénes pueden entrar y quiénes no.

Los que tienen prohibido el ingreso les espera un pronto destino: la Escuela Naval, a apenas un viaje en ferry de distancia.

Allí sufrirán torturas físicas y psicológicas, simulacros de fusilamiento, golpes, patadas, largas sesiones con la picana eléctrica. Pasarán frío, hambre y sed.

Y podrán contar su verdad recién 39 años más tarde.

El 19 de octubre de 2015, el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata condenó a ocho marinos y prefectos integrantes de la Fuerza de Tareas 5 (FT5) a penas de entre 25 años y prisión perpetua. Por mayoría, los jueces Carlos Rozanski, César Álvarez y Germán Castelli hallaron a los acusados culpables del delito internacional de genocidio, y en particular de otros delitos como homicidio, aplicación de tormentos y desaparición forzada de personas.

Las víctimas eran en su mayoría trabajadores de las empresas Astillero Río Santiago, YPF y Propulsora Siderúrgica, parte fundamental del polo obrero ensenadense y con una larga tradición de lucha gremial. En el fallo, el Tribunal también revocó las prisiones domiciliarias de los genocidas ordenando su traslado a cárceles comunes. Y haciendo lugar al pedido de los fiscales y la querella, ordenó una medida histórica: los sobrevivientes del ARS debían recibir una “reparación integral” por haber sido víctimas del terrorismo de Estado. La medida fue ratificada en octubre de este año por la jueza María Ventura Martínez, del fuero Contencioso Administrativo de La Plata, y está a la espera del cumplimiento por parte de la Provincia.

En su veredicto del 2015, los jueces del TOF valoraron el testimonio de numerosos trabajadores y trabajadoras que dan cuenta de un perverso sistema: el personal del ARS los perseguía activamente, a través de los directivos pero también de altos dirigentes del gremio ATE, y los señalaba como “terroristas” ante los militares. Luego eran secuestrados meses o incluso años para después, una vez en libertad, recibir un cínico telegrama de despido por no haberse presentado a trabajar. Muchos fueron perseguidos por los militares incluso tras ser liberados, por lo que tuvieron que mudarse de ciudad y hasta de país. Otros cayeron bajo una normativa interna que les prohibía volver al Astillero por tener antecedentes penales.

A la hora de evaluar atenuantes, Rozanski, por entonces presidente del Tribunal, ponderó que los delitos de los acusados habían dejado como saldo “personas que permanecen desaparecidas, familias separadas, modificación dañosa del entorno social, discriminación, estigmatización social, pérdida de chances y eliminación del proyecto de vida” de las víctimas, descartando de plano la posibilidad de bajar el cómputo de las penas.

Y aunque muchos de los sobrevivientes del ARS fueron reincorporados desde el año 2005 bajo el gobierno de Néstor Kirchner, no se les reconocieron los años de trabajo ni la antigüedad. Por eso el TOF N° 1 determinó que las víctimas continúen percibiendo una dispensa hasta tanto puedan acceder a la jubilación como trabajadores de la empresa, “teniendo como base la máxima categoría que hubiera correspondido en cada caso de haber continuado la prestación laboral con normalidad desde su inicio”.

Además, ordenó la restitución de los legajos de cada trabajador en los cuadernos internos del Astillero e instó a los Estados provincial y nacional a que “adopten las medidas conducentes para subsanar el prejuicio sufrido” por este grupo de trabajadores, y “regulen e implementen los mecanismos necesarios para que se les otorgue el beneficio previsional”.

Hasta el momento, nada de eso se cumplió. Los ex trabajadores del ARS, muchos mayores de 70 años, viven a la espera de que la Provincia deje de interponer recursos dilatorios y cumpla con el fallo judicial.

María del Carmen Miranda trabajaba en el área técnica de la naviera. El 31 de marzo de 1976, a las 7 de la mañana, hacía fila junto a muchos otros para entrar a un Astillero flanqueado por militares. Sus dos hijas habían quedado con los abuelos en Tres Arroyos, su ciudad natal. En la puerta del imponente galpón la revisaron y la dejaron pasar. Ese día todos estaban en silencio. Cuando llegó al baño la esperaba un uniformado, que con la voz cortante le preguntó cuál era su casillero. Ella lo compartía con dos compañeras, pero no hizo falta ubicarlo porque el casillero ya tenía una cruz pintada encima. Lo abrió, y ni bien el militar vio fotocopias de la Juventud Peronista, no la dejó ni respirar: le apoyó la ametralladora en la espalda y ordenó:

-Caminá.

A punta de caño hizo todo el trayecto de regreso. En la puerta le vendaron los ojos, la ataron de manos y pies y la tiraron a un camión. No sabe adónde la llevaron. Sí que estuvo ahí varios días y noches. Y que antes de ser trasladada a Olmos, escuchó después de mucho tiempo la voz de su marido, también trabajador del ARS.

Él  terminó siendo derivado a la Unidad 9.

Ambos sobrevivieron. María del Carmen no volvió al Astillero, pero contó su historia en los estrados de la justicia platense 39 años después, ante la mirada atenta de los jueces. Lo mismo hicieron muchos de sus compañeros, en largas audiencias donde las lágrimas y el dolor invadían la sala.

“Nos hacían quedarnos parados con las manos en alto contra la pared, y al que se cansaba lo golpeaban”, ejemplificó Pedro Niseksky durante el juicio. Al empujarlo dentro de un ferry le habían dicho, a él y a los demás, que iban a matarlos tirándolos al río. Pero no: los llevaban a la Escuela Naval, donde pasaron cuatro días y cuatro noches sin comer ni tomar nada. A Pedro lo amenazaron de muerte innumerables veces, le hicieron creer que lo iban a soltar para después llevárselo a un penal o a otros centros clandestinos de detención, lo patearon y le quebraron las costillas. Pasó 3 años y 8 meses detenido. Una vez afuera, se presentó cuatro veces ante el portón del Astillero: no lo dejaron pasar.

En 2001 comenzó junto a otros compañeros a gestionar una reincorporación. Cinco años más tarde lo consiguieron, pero carecían de aportes suficientes como para jubilarse. Decidieron fundar una comisión de sobrevivientes reincorporados para luchar por ese reclamo.

Antes del golpe de Estado de 1976, el Astillero vivía tiempos frenéticos. Hacía menos de un año La Coordinadora, un movimiento de base opuesto ideológicamente a la burocracia sindical, había marchado con enormes columnas –una de las centrales encabezadas por obreros del ARS- exigiendo la homologación de los convenios colectivos de trabajo y la plena vigencia de la ley que los regula, la 14.250, sancionada durante el gobierno de Perón.

Con la inflación cada vez más por encima del sueldo se intensificaron las luchas salariales, que los astilleros encabezaron con paros activos, retención o cese de tareas durante varias horas.

En enero de 1976, los trabajadores se declararon en asamblea permanente ante la desaparición y secuestro de uno de sus compañeros, Mario “Carajito” Peláez, y lograron su liberación. Pero el hostigamiento continuó y apenas unos días antes de la asunción de la Junta Militar, tres dirigentes del ARS fueron secuestrados y asesinados. Todo esto ocurría en un contexto de fuerte hostilidad de los operarios con ATE Ensenada, que evitaba acompañar las luchas e incluso llegó a acordar con la dirección del Astillero el autosecuestro de algunos dirigentes para correr del foco las demandas gremiales.

Esa complicidad se vio reflejada en muchos de los testimonios del juicio, como el de Luis Córdoba, que estaba a cargo del departamento de electrónica y había sido electo delegado por sus compañeros en 1975. Según su declaración, varias veces había encontrado papeles en su cajón de herramientas donde lo amenazaban de muerte y lo instaban a que se “borre” del Astillero.

Antes del golpe pidió licencia pero los soldados fueron a buscarlo a su casa y se lo llevaron por “averiguación de antecedentes”: estuvo detenido ilegalmente por 18 meses. Córdoba había empezado en el ARS como aprendiz a los 14 años. Hoy es uno de los voceros del grupo que puja por su derecho a la jubilación.

El 24 de octubre de este año, la Justicia en lo Contencioso Administrativa de La Plata dictó un fallo que ordena cómo debe reglamentarse la reparación histórica para los trabajadores del Astillero. Del 2015 al 2018, la Fiscalía general de la Provincia se valió de recursos dilatorios para no solamente evitar el pago de una jubilación digna sino directamente incumplir el fallo hasta en sus requerimientos más simbólicos, como por ejemplo reintegrar los legajos de las víctimas con sus debidas aclaraciones en la carpeta oficial de la empresa.

“Es la primera sentencia reparatoria en Argentina que reconoce que a los trabajadores de una empresa pública estatal se los persiguió y desapareció en función de su actividad gremial, y que hubo participación del Estado tanto en su rol de Estado como de patronal”, sintetizó a Perycia Inti Pérez Aznar, el abogado que junto a su colega Analía Elíades representa a los trabajadores del ARS desde el momento en que la Provincia comenzó a apelar el fallo del TOC N° 1.

Pérez Aznar hace un recuento: “Hubo que esperar 29 años para que instruya la causa, 10 para que haya sentencia firme y ahora 3 años para que se aplique la sentencia”. En julio de 2017 comenzaron el camino en la justicia, que dio sus frutos con este fallo del Juzgado N° 2 a cargo de María Ventura Martínez. En su escrito, la jueza ordenó a la Provincia que le restituya a las víctimas todos los derechos laborales que les fueron quitados por no haber podido continuar con su carrera dentro de la empresa naviera, que les otorgue la máxima categoría en cada área desempeñada y se les pague la antigüedad por todos los años que se vieron imposibilitados de trabajar.

Por el paso del tiempo y las dilaciones judiciales, dos de los genocidas de la Fuerza de Tareas N° 5 murieron antes de ser juzgados. A su vez, dos de los ex trabajadores del ARS,: José García y Luis Bloga, también fallecieron sin conocer cómo se había quebrado la impunidad tras décadas de luchar contra el olvido y la humillación. Son sus familias, ahora, las que esperan cobrar la indemnización para que, después de 39 años, las vidas ultrajadas por la dictadura al menos tengan una reparación reconocida por el Estado.