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Mujeres y trans en causas de drogas: ¿por qué es clave la perspectiva de género?

¿Se puede acusar por un mismo delito al jefe de una banda narco y a una mujer que transporta cocaína en un colectivo para darle de comer a sus hijos? ¿Da igual formar parte de una banda criminal que comercializar drogas en el marco de un consumo problemático? Hasta ahora, en los procesos judiciales no parece haber diferencias. Las infracciones a la Ley de Estupefacientes son la primera causal de encarcelamiento de mujeres cis, mujeres trans y travestis. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bonaerense publicó una Guía para el juzgamiento de estos delitos con perspectiva de género.

Por: Bernardita Castearena
Foto: Matías Adhemar
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9.4.2022

Tres bolsos con doce paquetes de cocaína repartidos en seis pares de zapatillas. Esto encontró la policía de Salta en un colectivo que circulaba por la ruta nacional 34, entre las localidades de Salvador Mazza y Orán. La persona que lo transportaba era una mujer cis que viajaba con una sobrina y sus dos hijos menores de edad. En el transcurso de la investigación, la mujer contó que sus hijos no iban a la escuela, que estaba muy mal económicamente y que era el único sostén de su hogar.

La mujer fue condenada en primera instancia y la defensa cuestionó la falta de consideración de las condiciones económicas y sociales en las que estaba inmersa, entendiendo que el delito podría ser un error vinculado a la vulnerabilidad estructural que padecía. En ese contexto, se planteó el estado de necesidad exculpante y la mujer fue absuelta. 

¿Pueden las situaciones socioeconómicas dejarse de lado a la hora de investigar delitos relacionados a la Ley de Estupefacientes? Según la Guía para la investigación y el juzgamiento con Perspectiva de Género en materia de drogas, publicada por la Subsecretaría de Política Criminal y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, no sólo que no se pueden dejar de lado, sino que tienen que formar parte de todo el proceso judicial.

El documento explica que el abordaje de estos casos por parte del sistema de justicia no puede anclarse en respuestas automáticas o aparentemente neutrales que invisibilicen las violencias por razones de género que sufren las mujeres cis, mujeres trans y travestis en una estructura social que sostiene y reproduce un modelo masculino como base del sistema normativo y de las prácticas judiciales: “El tratamiento judicial como imputadas o víctimas sin considerar este contexto estructural ni sus experiencias de vida puede enmascarar una serie de violencias y padecimientos históricos que deben formar parte del análisis integral que realizan las agencias del sistema de justicia”.

Un combo de derechos vulnerados

En Argentina, las infracciones a la Ley de Estupefacientes N° 23737 son la primera causal de encarcelamiento de mujeres cis, mujeres trans y travestis. No suele tratarse de jefas de bandas ni de mujeres que ocupen lugares predominantes en la cadena de comercialización. En cambio, son personas en situación de extrema vulnerabilidad y marginalidad, con condiciones de exclusión social: jóvenes, pobres, con bajos niveles de alfabetismo, madres solteras, responsables por el cuidado de sus hijos y/o de otros miembros de su familia o comunidad afectiva.

A esos contextos se suman historias familiares marcadas por diferentes formas de violencia, una inserción temprana en el mundo del trabajo (desde la infancia en general), en economías informales, embarazos en la adolescencia y la falta de acción de los mecanismos de protección y garantía de derechos fundamentales, además de que en su gran mayoría es la primera vez que cometen un delito. 

Muchas de las mujeres cis, trans y travestis que participan en este tipo de delitos son lo que se denomina “Mujeres de las circunstancias”: un concepto que describe el involucramiento de mujeres en procesos penales como consecuencia de las actividades ilícitas llevadas a cabo por los varones con los que se relacionan en su vida̗̕. A veces solo basta que compartan la vivienda con un varón involucrado en el tráfico, por ejemplo, para ser perseguidas penalmente y eventualmente condenadas. 

Una encuesta realizada en 2021 por el Ministerio Público Fiscal de la Nación y la Dirección General de Políticas de Género entre más de un centenar de personas trans y travestis en el ámbito penitenciario federal reveló que la migración y el desplazamiento son factores de vulnerabilidad en tanto gran parte de la población criminalizada es migrante de países latinoamericanos. La mayoría de esas personas migraron por motivos de fuerza mayor cuando dieron a conocer su identidad de género. Algunas de las consecuencias tienen que ver con un bajo nivel educativo y la imposibilidad de acceder a trabajos formales: sólo el 33% había terminado la secundaria y el 90% encontraba en la prostitución su principal fuente de ingreso antes de ser detenidas. 

Perspectiva de género transversal a todos los procesos

La falta de conocimiento sobre los crímenes investigados hace que se desconozcan las estructuras de organización y lo atravesados o condicionados que pueden estar los roles por cuestiones de género. Para eso es necesario pensar en herramientas que puedan aportar una nueva perspectiva en casos donde mujeres cis, travestis y trans estén involucradas.

En el año 2005, se habilitó a los tribunales ordinarios, pertenecientes a la justicia provincial,  a investigar delitos vinculados al narcomenudeo o microtráfico, de los que antes se encargaba únicamente la Justicia Federal. 

Si bien en los papeles los delitos que le corresponden a cada nivel están delimitados, en las investigaciones no siempre se expresa con suficiente claridad, lo que provoca, según indica la Guía, que “la persona que integra un negocio familiar que funciona como boca de expendio de su barrio por necesidad económica; la que tiene una relación de dependencia y/o consumo problemático y comercializa para sostenerla; una madre migrante que vive en una zona desventajada social y económicamente que comercializa drogas ocultas en su cuerpo; o el integrante de una organización criminal que participa en la comercialización a gran escala puede ser materia de investigación y juzgamiento dentro del mismo tipo penal”. 

Pensar una nueva perspectiva, según la guía, implica un mayor esfuerzo y creatividad para entender los crímenes desde una mirada más cercana a las comunidades y a los territorios. La inclusión de una perspectiva de género durante todo el proceso judicial “serviría para situar cuáles son los contextos y entramados relacionales que se esconden detrás de cada delito”. Además, un enfoque interseccional en la investigación permitiría develar las estructuras de dominación que se construyeron en cada situación. La calidad de adultas mayores, niñas, migrantes, el origen rural, una condición de discapacidad o de pobreza son circunstancias fundamentales para analizar los hechos en sus contextos determinados.

Interrogantes a tener en cuenta

En un dictamen del año 2019, la Fiscalía en lo Criminal y Correccional N°5 decidió sobreseer a cinco mujeres trans de una causa por comercialización de estupefacientes. Además, se sostuvo la acusación pública sobre el hombre que estaba procesado por facilitar el hotel donde se hacían las operaciones. El sobreseimiento tuvo que ver con un trabajo con perspectiva interseccional y de género, que permitió entender el vínculo entre el crimen y el contexto de cinco mujeres trans migrantes que vivían con sus necesidades básicas insatisfechas, sin posibilidad de acceder a la educación ni al trabajo formal. 

Tres de esas mujeres trans tenían antecedentes previos vinculados al comercio de drogas, y esto evidenció la forma en que las leyes sirven para criminalizar a esta población y la necesidad de investigar la complejidad del tema para poder llegar a eslabones más altos de la cadena. En este caso, las mujeres trans dejaron de ser el foco para pasar a ser el interrogante que permitió investigar a una red que se aprovechaba de su situación de vulnerabilidad para comercializar estupefacientes. Según el dictamen del Fiscal Franco Picardi:

“Resta dilucidar con mayor detalle la responsabilidad que puede caberle a los propietarios de los lugares donde estas actividades sucedieron. Asimismo, quiénes son los que manejan volúmenes mayores de estupefacientes y proveían a las mujeres trans de los mismos. Dichos actores, son los que en verdad presentarían una estructura organizada y percibirían los suculentos beneficios económicos de esta actividad ilícita. Por el contrario, los elementos recabados hasta ahora parecen demostrar que las mujeres aquí encausadas recurrían a las drogas como una mera economía de subsistencia, en un contexto de prostitución y suma vulnerabilidad».

La Guía para la investigación y el juzgamiento con Perspectiva de Género en materia de drogas hace hincapié en la importancia de identificar desde el principio si la persona involucrada en el delito es una mujer cis, trans, travesti o no binaria y consultar bajo qué pronombre y nombre se identifica. Al mismo tiempo, se recomienda interrogar: 

¿De qué forma participaba esa mujer cis, trans o travesti en la/s conducta/s delictivas? ¿Qué vínculo tenía con el proveedor? ¿Qué lugar ocupaba en el circuito de comercialización? ¿Sabía de la existencia de sustancias ilegalizadas y de su fin vinculado a la comercialización? ¿En qué situación económica, social o laboral se encontraba? ¿Existió la posibilidad de que un grupo de varones hayan podido aprovecharse de su vulnerabilidad a través de una inducción, coección o un engaño en el marco de una relación de confianza, sexo-afectiva o de otra índole? ¿Sufría violencia de género?

Tener información sobre la vida cotidiana de la persona permite ubicar el contexto en el que sucedieron los hechos y es una herramienta para descartar el uso de estereotipos de género, clase, nacionalidad y/o etnia:

¿Es jefa de hogar? ¿Tiene hijxs o personas a cargo? ¿El progenitor cumple con sus obligaciones alimentarias? ¿A qué edad empezó a trabajar? ¿Tiene trabajo formal? ¿Recibe ayuda económica del Estado? ¿La vivienda donde reside es propia o alquilada? ¿Es una persona migrante? ¿Pudo tramitar su DNI? ¿Se puede detectar algún tipo de consumo problemático de drogas legalizadas o ilegalizadas?

“Introducir perspectivas que contemplen un entendimiento integral de las características personales de las acusadas y de qué forma se vincularon con el material con el que fueron halladas, puede contribuir a una investigación más eficaz”, concluye el informe.