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Crónicas de la Justicia

Pergamino

Fumigaciones que envenenan: la causa que resguarda el futuro

Tras estudiar abogacía, la batalla judicial que Sabrina Ortiz inició en 2018 tiene hoy a tres productores y a dos exfuncionarios locales procesados por infringir los límites en el uso de agrotóxicos. Mientras tanto, el municipio de Pergamino trajina en tribunales para no entregar agua en los barrios más afectados. Conocé los orígenes de esta lucha en «La denuncia de Sabrina Ortiz».

Por: Manuel Tejo
Foto: Matías Adhemar, archivo
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En el año 2014 comenzó a regir en Pergamino una ordenanza que prohibió las fumigaciones con agroquímicos en los primeros 100 metros después del ejido urbano y fijó una zona de amortiguamiento para los siguientes 500 metros.

En 2017 Sabrina Ortiz se recibió de abogada en la Universidad Siglo 21 (ya era docente en salud) y al año siguiente impulsó una denuncia por aplicaciones irregulares en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Nicolás, a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo.

La “causa madre” del conflicto de agroquímicos en Pergamino fue impulsada contra los productores Roces (el exvecino de Sabrina), Fernando Cortese, Víctor Tiribó y Enrique Turín por infracción a la ley de ResiduosPeligrosos (24.051)  y al artículo 200 del Código Penal sobre envenenamiento de agua potable.

En el marco de la investigación, fueron procesados y embargados los productores Roces, Cortese y Tiribó, mientras que para Turín se dictó la falta de mérito. “La Cámara se expidió confirmando los procesamientos y ahora estamos en proceso de esperar que se eleve a juicio oral”, explica Sabrina.

En tanto, en otra causa paralela también quedaron procesados y embargados los exfuncionarios municipales Guillermo Naranjo y Mario Tocalini (quienes se desempeñaban en la Dirección de Ambiente Rural) por omitir controles a la aplicación de agroquímicos según la normativa local.

Agua contaminada y normativa obsoleta

En abril de 2019, Villafuerte Ruzo dictó una primera medida cautelar en la que prohibió las fumigaciones en campos del distrito pertenecientes a estos cuatro productores, amplió a 600 metros las restricciones para las zonas adyacentes de los barrios Villa Alicia, Luard Kayad y La Guarida, y suspendió provisionalmente las autorizaciones para nuevas aplicaciones.

Esa resolución tomó en cuenta el criterio de la Corte Suprema que en 2016 determinó que en cuestiones de medio ambiente,  “en casos de peligro grave o irreversible, o de ausencia de información o certeza”, tiene prioridad absoluta la prevención del daño futuro y se impone adoptar un criterio de precaución.

La ingeniera agrónoma del INTA Balcarce, Virginia Aparicio, advirtió que distintas muestras de agua analizadas no eran aptas para el consumo humano.

Cuatro meses después de la primera medida cautelar, Villafuerte Ruzo amplió las restricciones y prohibió las fumigaciones con agroquímicos a menos de 1.095 metros del ejido urbano para aplicaciones terrestres y a menos de 3.000 para las aéreas. Además, en el marco de sus decisiones, el magistrado obligó al Municipio a proveer de bidones de agua a los vecinxs de los barrios Villa Alicia, Luard Kayad, La Guarida y Santa Julia.

Las medidas tomaron como referencia los estudios del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) Balcarce pedidos por la Justicia que determinaron la existencia de dieciocho agrotóxicos en el agua de distintas zonas de Pergamino.

En su peritaje, la ingeniera agrónoma del INTA Balcarce, Virginia Aparicio, advirtió que distintas muestras de agua analizadas no eran aptas para el consumo humano. La especialista se basó en las máximas concentraciones de plaguicidas admitidas por la Unión Europea, ya que advirtió que el 90% de los productos que regula el Código Alimentario Nacional “están prácticamente en desuso en los sistemas productivos nacionales”.

En un posterior informe, la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA), dependiente del Ministerio Público Fiscal, apoyó la posición de Aparicio y sostuvo que “es necesario destacar la necesidad imperiosa que se tiene de contar con una normativa moderna que incluya los plaguicidas de uso actual” y puso como ejemplo la regulación de la Unión Europea. También un informe del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema analizó el estudio de Aparicio y consideró que los valores encontrados “no son aptos para el consumo humano”.

La “causa madre” fue impulsada contra los productores Roces (el exvecino de Sabrina), Fernando Cortese, Víctor Tiribó y Enrique Turín por infracción a la ley de Residuos Peligrosos y al artículo del Código Penal sobre envenenamiento de agua potable.

En cuanto a las distancias para fumigaciones establecidas por Villafuerte Ruzo, los 1.095 para las terrestres tuvieron en cuenta los estudios realizados por el Grupo de Investigación GeMA —Genética y Mutagénesis Ambiental— de la Universidad Nacional de Río Cuarto sobre el daño genético que sufren personas de pueblos de Córdoba expuestos a la aplicación de agroquímicos.

“El trabajo que se hizo en niños arrojó ese resultado: hasta 1.095 metros se encontraba un daño genético aumentado en relación a otros que viven a mayor distancia”, le explicó a Perycia la genetista Delia Aiassa, a cargo del grupo GeMA.

Los 3.000 metros dispuestos por Villafuerte Ruzo para fumigaciones aéreas van en sintonía con un fallo en el que la justicia de Entre Ríos prohibió fumigar con cualquier agrotóxico a menos de 1000 metros de las escuelas rurales de esa provincia y a menos de 3000 si las aplicaciones son aéreas. El fallo que además suspende en horario de clases todas las fumigaciones fue citado por el magistrado que actuó en el caso de Pergamino.

Municipio apelador

En la primera cautelar, el juez Villafuerte Ruzo también indicó que un informe presentado por la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (ADA) consideraba que el agua del distrito era apta para el consumo humano al sostener que “ninguno de los valores determinados” superaban “los límites permitidos”.

Tras conocerse los resultados del INTA en la primera medida precautoria, el 3 de abril de 2019 la Municipalidad de Pergamino emitió un comunicado en el que destacó el informe de la ADA. Un mes después del comunicado municipal, el organismo provincial publicó un breve texto en su web en el que indicó que no había emitido “de manera pública ningún tipo de información” correspondiente a la causa de Pergamino.

A través de dos pedidos de acceso a la información pública presentados a principios de marzo, amparados en la Ley 25.275, Perycia solicitó a la ADA que le informe sobre el estudio citado por el municipio y sobre eventuales estudios que se hayan realizado en otros distritos para detectar agroquímicos en el agua. Hasta hoy 5 de mayo, la máxima autoridad del agua en la provincia no respondió.

El Municipio de Pergamino, a cargo de Javier Martínez (Juntos por el Cambio), apeló a distintos puntos de la medida cautelar dispuesta por Villafuerte Ruzo y hoy el caso se encuentra en la Corte Suprema.

En su apelación ante la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el Municipio sostuvo que el magistrado nicoleño “abusó de la utilización del principio precautorio” y pidió que se suspenda la cautelar que amplió las distancias para fumigaciones. Asimismo, la Comuna planteó que los límites impuestos excedían las responsabilidades del Gobierno local y que parte de la competencia correspondía a la provincia de Buenos Aires.

El juez de la Cámara de Apelaciones Aníbal Pineda hizo un repaso de las pruebas presentadas por víctimas y especialistas, y destacó “la obligación en la aplicación del principio precautorio, según el cual, cuando haya peligro de daño grave e irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces”.

El Municipio de Pergamino, a cargo de Javier Martínez (Juntos por el Cambio), apeló la medida cautelar dispuesta por Villafuerte Ruzo y hoy el caso se encuentra en la Corte Suprema.

Desde esta perspectiva, confirmó la decisión en la que Villafuerte Ruzo amplió las distancias para las fumigaciones. Además, consideró que “la Municipalidad fue correctamente incluída como destinatario de la cautelar impuesta”, pero hizo lugar al pedido del Municipio para “extender dicha medida cautelar al Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires”.

El Municipio volvió a apelar. Le tocó resolver a la Sala IIde la Cámara Federal de Casación que consideró que ese recurso fue “mal concedido”.

Según le detallaron fuentes cercanas a la causa a Perycia, en la apelación presentada en el máximo tribunal el Municipio pide anular las distancias promovidas en la segunda cautelar y ser querellante en la causa, mientras que cuestiona la competencia federal en el caso al sostener que debería haber tramitado ante un juez de provincia. Por otro lado, ante la Cámara, el Municipio apela la entrega de agua envasada al barrio Santa Julia.

La decisión ahora está en manos de la Corte Suprema. Los fumigados de Pergamino esperan justicia.