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Crónicas de la Justicia

Patrocinio gratuito

En el país hay apenas ocho defensorxs de víctimas

En Mar del Plata, la Defensoría Pública de Víctimas consiguió una reparación de 50 millones de pesos para las víctimas de trata y explotación de la llamada «secta yogui» —una organización que operó durante 40 años en el hotel City de la ciudad balnearia—. Cómo funcionan las defensorías creadas hace seis años y por qué sólo están en algunas provincias.

Por: Redacción
Foto: Agustina Salinas
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Que se confisque un hotel de cuatro pisos en beneficio de las personas que eran allí explotadas y que la muerte de dos acusados no coarte la participación de las querellantes en un juicio por trata fue posible porque desde hace seis años las víctimas de delitos federales pueden contar con el patrocinio gratuito de la Defensoría Pública de Víctimas (DPV).

«Soy defensora en la provincia de Buenos Aires y me toca representar a víctimas de delitos que tramitan en la justicia federal como, por ejemplo, causas de abuso sexual en las Fuerzas Armadas, causas de trata de personas con fines de explotación sexual o laboral o algunos casos de chicas que han desaparecido», le explicó a Télam la defensora pública de víctimas de la provincia de Buenos Aires, Inés Jaureguiberry.

Lo hizo tras repasar su rol en el juicio a tres integrantes de la llamada «secta yogui» —una organización coercitiva que operó durante 40 años en el hotel City de Mar del Plata—. En representación de las víctimas, y a pesar de que la fiscalía no lo había solicitado, Jaureguiberry consiguió reparaciones por 50 millones de pesos para cinco de las personas damnificadas. El dinero se obtendrá de la venta del edificio incautado donde funcionó el hotel.

«Algo que hacemos en causas de trata de personas es solicitar que la sentencia penal ya incluya la reparación integral que la ley (contra la trata) prevé para estas víctimas, porque creemos que la violencia de género también se revierte construyendo autonomía para las personas que se han visto afectadas». «Esto no excluye la posibilidad después de iniciar acciones civiles por daños y perjuicios, pero pensamos que si a una víctima que tuvo que declarar hasta nueve veces después le pedimos que afronte un proceso civil para obtener una reparación…es revictimizarla», le dijo la defensora a la agencia estatal de noticias.

En el mencionado juicio, Jaureguiberry además consiguió que el Tribunal Oral Federal en lo Criminal 1 de Mar del Plata le permitiera seguir representando a un grupo de víctimas pese a que otros dos acusados, que correspondían a su caso, fallecieron durante el debate. Lo solicitó «para que se haga efectivo su derecho (el de las víctimas) a conocer la verdad de lo sucedido y a obtener una reparación integral».

¿Qué hace la Defensoría de Víctimas?

«El aporte más importante de la Defensoría Pública de Víctimas es que aquellas que están en situación de vulnerabilidad, que no tienen recursos económicos para designar un abogado que represente sus intereses en un proceso penal (federal), ahora cuentan con un magistrado específico a quien le pueden solicitar ese patrocinio jurídico», dijo Jaureguiberry.

Son dos los tipos de asistencia que brinda la DPV. Uno es el patrocinio jurídico a las víctimas que se presenten como querellantes: esto es cuando las personas afectadas por un delito se postulan como parte acusadora, y tienen derecho a intervenir tanto en la investigación como en el juicio. La otra opción, es que reciban asistencia técnica y asesoramiento aquellas personas que siendo víctimas de un delito, por alguna razón, prefieren no querellar.

Creada en junio de 2017, bajo la órbita del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPD), si bien para marzo de 2020 se habían completado las 24 ternas para ocupar los cargos de defensorxs de las víctimas —unx para cada provincia y unx en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires—, hasta el momento sólo ocho DPV están funcionando. Se trata de las defensorías de Buenos Aires, Salta, La Pampa, Neuquén, Chaco, Tierra del Fuego, Catamarca y Tucumán.

Cabe además aclarar que estas Defensorías están facultadas para actuar en delitos en los que interviene la justicia federal, pero no en causas que tramitan en la justicia provincial u ordinaria donde se juzgan lesiones, homicidios, amenazas, femicidios o tentativas de femicidios, por ejemplo. En estos casos, garantizar el patrocinio gratuito para las víctimas es responsabilidad de los estados provinciales, con excepción de la CABA donde «la defensa de las víctimas en los delitos ordinarios también los asume la Defensoría General».

Esta nota se construyó con la información recopilada por la periodista María Alicia Alvado para Télam en Una mejor justicia para quienes son sobrevivientes de trata y otros delitos.