social social social social social
Lesa Humanidad

50 años, Nunca Más

Quedan solo 18 genocidas en cárceles comunes

Las unidades penitenciarias argentinas están casi vacías de represores: apenas 18 tras las rejas. Otros 61 permanecen en la guarnición militar de Campo de Mayo, mientras que 425 genocidas gozan de prisión domiciliaria. Aunque el gobierno de Milei avive el negacionismo y se anime a agitar rumores sobre la vuelta de los indultos, hay 12 juicios en marcha. Lo que sigue es la sinuosa y trabajosa búsqueda de verdad y justicia, a cinco décadas del 24 de marzo que cambió el país.

Por: Lucas Miguel
Foto: Portada: Gustavo Molfino
imagen destacada

Publicada 17/3/2026.

En la portada, el represor Pascual Muñoz, ex intendente de la Dictadura en Florencio Varela, condenado a perpetua y fallecido hace 7 años. (Foto Gustavo Molfino)

Desde la reapertura de los juicios por crímenes de lesa humanidad y la realización de los primeros debates en 2006, tribunales de todo el país dictaron 361 sentencias, aunque en más de la mitad se registra algún recurso pendiente de resolución en instancias superiores, lo que implica que no todas están firmes. En esos pronunciamientos fueron condenadas 1231 personas y fueron absueltas 250. Eso significa que 1 de cada 6 acusados que llegaron a juicio salieron indemnes de los procesos.

De acuerdo con las estadísticas de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad publicadas en la previa del 24M, las personas detenidas actualmente en todo el país por estos delitos son 504. De todas ellas, 425 están en sus domicilios, 61 en el establecimiento de encierro que funciona dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo -es decir, con la custodia de militares- y solo 18 permanecen en centros penitenciarios.

En la actualidad hay 12 juicios en curso en diferentes ciudades del país. Y otras 60 causas aguardan la realización del juicio oral. Entre tanto, 282 expedientes transitan aún la etapa de investigación preliminar. En todas ellas hay 292 procesados, es decir, personas que en un futuro podrán llegar a la instancia de juicio. Y también hay otras 517 imputadas por fiscales, que aún no fueron intimadas formalmente.

A 20 años del reinicio de los juicios

El 2026 también tiene otros aniversarios de números redondos: el 20 de junio de 2006 comenzó el juicio a Miguel Osvaldo Etchecolatz, el exdirector de Investigaciones de la Policía bonaerense, que terminó tres meses después con una condena a reclusión perpetua por crímenes de lesa humanidad «cometidos en el marco de un genocidio» y la ausencia del sobreviviente Jorge Julio López, que permanece desaparecido desde el 18 de septiembre de 2006, el día previo a la sentencia.

Ocho días después del inicio del juicio a Etchecolatz, dio comienzo en la ciudad de Buenos Aires el debate oral y público a Julio Simón, alias «El Turco Julián», que recibió el 4 de agosto de 2006 la primera condena a un represor tras la reapertura de los juicios: 25 años de prisión.

Simón le dio nombre al fallo que terminó derribando las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida. El 6 de marzo pasado se cumplieron 25 años de la sentencia de primera instancia, dictada en 2001, que confirmó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005. Hasta entonces las declaraciones de inconstitucionalidad se habían producido en cascada en diferentes lugares del país y se iban acumulando en la Corte. Con el fallo «Simón», el máximo tribunal -que entre 2003 y 2005 cambió su composición, en el marco de juicios políticos y renuncias- revirtió la jurisprudencia que había validado las leyes de impunidad. Así en 2006 comenzaron los juicios de las causas más avanzadas entonces.

Fondo Documental de la Comisión Provincial por la Memoria

La Corte tuvo el mismo criterio poco después con los indultos. El 13 de julio de 2007, confirmó por mayoría sentencias de instancias precedentes en el caso “Mazzeo” y dictó la nulidad del decreto de indulto N°1002/1989 firmado por el presidente Carlos Menem respecto del exjefe del Cuerpo IV del Ejército, Santiago Omar Riveros. El 31 de agosto de 2010 la Corte volvió a fallar en idéntico sentido para expedirse sobre la nulidad del decreto de indulto 2741/90, que había beneficiado a los integrantes de las juntas militares Jorge Videla, Emilio Massera, Orlando Agosti, Roberto Viola y Armando Lambruschini.

Esos fallos de la máxima instancia judicial fueron dictados con un amplio respaldo político previo. El 2 de septiembre de 2003 el presidente Néstor Kirchner promulgó la ley 25.779, que anuló las normas de impunidad. Fue un proyecto de la diputada Patricia Walsh, con enorme consenso en el Congreso.

El valor de La Plata

Desde el primer juicio que reinició la saga de juzgamientos en 2006 con Etchecolatz como único acusado, en La Plata se desarrollaron 25 debates más, y otro más en Junín, ciudad que se encuentra en la jurisdicción federal de los tribunales con sede en la capital provincial. Actualmente se desarrollan otros 3, que abordan crímenes perpetrados en el ámbito de la comisaría 5°; en el Cuerpo de Infantería de la Policía bonaerense y en las comisarías 8va y 2da; y secuestros, homicidios y otros delitos cometidos antes y después del golpe de Estado, que se imputan a tres sindicados integrantes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), respectivamente.

En La Plata los juicios permitieron desentramar el funcionamiento del denominado circuito Camps de centros clandestinos de detención, que tuvo su epicentro en la jefatura de la Policía bonaerense al mando del coronel Ramón Camps y que extendió su conexión en la ciudad y en la zona sur del Conurbano; la Unidad N°9 del Servicio Penitenciario Bonaerense, principal centro de detención de presos políticos del país; el centro clandestino de detención La Cacha, terminal castrense de la represión ilegal en la región; y las intervenciones del Regimiento 7 de Infantería, elBatallón de Comunicaciones 601 de City Bell y el Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército, sede de espías de civil que se infiltraron en todos los ámbitos de la vida pública, como también el rol de la Delegación local de la Policía Federal y de la Armada en la Escuela Naval y otras dependencias de esa fuerza ubicadas en el Puerto La Plata.

También se abordaron casos individuales, entre ellos la apropiación de niños y niñas, y la responsabilidad del único sacerdote de la Iglesia Católica por crímenes de lesa humanidad en Argentina, Christian Von Wernich, el excapellán de la Policía bonaerense que lleva 23 años detenido en prisión en cumplimiento de la condena a reclusión perpetua que recibió en 2007.

Medio vaso lleno: los aportes de los juicios

Una enumeración de grandes juicios no hace justicia, pero brinda una panorama de la vastedad de los temas y lugares abarcados, y también de la importancia del proceso reiniciado. En 2012, en la ciudad de Buenos Aires, se probó la existencia de un plan sistemático de apropiación de niños y niñas, hijos e hijas de desaparecidos y desaparecidas y sustituirles la identidad para ocultarlos -entre otros condenados, el dictador Videla recibió 50 años de prisión-, y en 2016, en otro juicio, se probó la denominada Operación Cóndor, que fue el único proceso de estas características en el continente y tuvo entre los quince condenados a un militar uruguayo. Además, otros ocho juicios abordaron crímenes en la exEscuela de Mecánica de la Armada, el más grande de ellos concluido en 2017, con 48 condenados y 6 absueltos por los crímenes contra casi 800 víctimas.

Fondo Documental de la Comisión Provincial por la Memoria

Entre 2014 y 2017, Mendoza fue escenario de un juicio único también por sus características: incluyó a los militares y policías que secuestraron, torturaron y asesinaron, y a los jueces que lo consintieron, en un proceso que se conoció como el “juicio a los jueces”, con el aditamento de que dos de ellos intentaron bloquear el avance los juicios por crímenes de lesa humanidad hasta que fueron destituidos en 2011.

En Córdoba se celebró uno de los juicios más grandes del país: 28 de los 43 acusados fueron condenados en 2016 a prisión perpetua, otros diez a penas de hasta 21 años de prisión y cinco resultaron absueltos. Durante tres años y nueve meses se juzgaron crímenes contra 711 víctimas del circuito de centros clandestinos que funcionó en la provincia, dependientes del III Cuerpo del Ejército, en el marco de la megacausa “La Perla-Campo de La Ribera”.

También hubo penas a empresarios: en San Martín fue condenado en 2018 el exjefe de seguridad de Ford, Héctor Sibila, y el exgerente de manufactura de la automotriz, Pedro Müller, junto al exjefe del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros. En 2016 y en 2023, un tribunal federal de Salta condenó a 12 y 18 años de prisión, respectivamente, al dueño de la transportista La Veloz del Norte, Marcos Jacobo Levín, por el secuestro y las torturas sufridas por el delegado gremial de la firma, en el primer juicio, y otros 16 trabajadores, en el segundo.

En Corrientes y Chaco se investigó y se castigó en 2016 y 2019, respectivamente, la persecución a integrantes de las Ligas Agrarias, y la Masacre de Margarita Belén (2011 y 2013), el asesinato de presos políticos montado sobre el falso escenario de una fuga; en Santiago del Estero fue condenado Antonio Musa Azar, el expolicía de Inteligencia que proyectó su influencia hasta la intervención provincial que en 2003 terminó con el gobierno del clan Juárez tras el triple crimen de La Dársena; en Rawson se juzgó y condenó en 2012 la Masacre de Trelew de 1972 como un crimen de lesa humanidad; en Bahía Blanca se juzgaron en grandes juicios a integrantes del Cuerpo V del Ejército y de la CNU; en Rosario se condenó a miembros del Cuerpo II del Ejército y de su sanguinario Destacamento 121 de Inteligencia; y en Mar del Plata hubo condenas a civiles de la CNU y a exmiembros de fuerzas armadas y de seguridad. En esta ciudad se registró en 2011 la primera condena por delitos sexuales en el marco del terrorismo de Estado. Desde entonces y hasta ahora, en 61 sentencias de todo el país fueron condenadas 174 personas por ese tipo de crímenes, según informó la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.

Además, los juicios permitieron mitigar en parte el dolor. Los estudios genéticos permitieron la aparición con vida de hombres y mujeres a quienes se había cambiado la identidad poco después de nacer -Abuelas de Plaza de Mayo contabiliza 140 casos resueltos- y la identificación de restos de personas desaparecidas. Por caso, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) recuperó más de 1400 cuerpos, la gran mayoría en cementerios municipales, identificó más de 800 y actualmente trabaja sobre más de 600 cuerpos, de acuerdo con información publicada en su portal. Esas búsquedas se extendieron en todo el país. El último episodio conocido fue la identificación en Córdoba, hace pocos días, de los restos de doce personas inhumadas en una fosa clandestina de la guarnición militar de La Calera, donde funcionó “La Perla”.

Impunidad

La mirada retrospectiva permite identificar hitos de impunidad como estrategias a las que echan mano los autores, sus cómplices y sus mandantes. La historia demuestra que siempre están reinventándose y que, por eso, los juicios por crímenes de lesa humanidad son un logro que debe ser cuidado.

La propia dictadura desarrolló artilugios para la impunidad. El funcionamiento de un Estado paralelo y clandestino para llevar adelante las desapariciones forzadas y la destrucción de archivos en la salida de la dictadura fueron actos materiales clave para obstaculizar cualquier tipo de averiguación. Caracterizaron, entre otras acciones, el terrorismo de Estado.

Sin embargo, la dictadura también se preocupó por interponer zancadillas jurídicas y dictó un decreto de autoamnistía, que llevó el número 22.924/1983, el 22 de septiembre de 1983. En la norma declaró extinguida las acciones penales por hechos cometidos “en ocasión o con motivo del desarrollo de acciones dirigidas a prevenir, conjurar o poner fin” a las “actividades terroristas o subversivas, cualquiera hubiera sido su naturaleza o el bien jurídico lesionado”.

Ese decreto también instaló la “teoría de la guerra”, más conocida en Argentina como la “teoría de los dos demonios”, pues extendió la amnistía a los miembros de las organizaciones político militares. Pretendíó darle un marco legal al discurso del Estado terrorista, que justificó sus acciones en la necesidad de reprimir a grupos armados a los que equiparaba en fuerzas. 

Meses antes de ese decreto, en abril del mismo año, la dictadura publicó el Documento final de la junta militar sobre la guerra contra la subversión y el terrorismo, un mamotreto en el que, entre otras cosas, sostuvo: “Debe quedar definitivamente claro que quienes figuran en nóminas de desaparecidos y que no se encuentran exiliados o en la clandestinidad, a los efectos jurídicos y administrativos se consideran muertos, aún cuando no pueda precisarse hasta el momento la causa y oportunidad del eventual deceso, ni la ubicación de sus sepulturas”. De esa forma, dio por muertos a desaparecidos y desaparecidas, y consideró que el único juicio de los hechos debía dejarse “al tribunal de la historia”, pues debían asumirse “con dolor cristiano” los “errores que se pudieran haber cometido en el cumplimiento del deber”.

Una de las primeras medidas del gobierno constitucional de Raúl Alfonsín fue anular la autoamnistía, a través de la ley 23.040, que promulgó el 27 de diciembre de 1983 después de un rápido paso por el Congreso. Mientras la norma era tratada en Diputados y Senadores, Alfonsín dictó los decretos 157/83 y 158/83, con los cuales el Estado de derecho incorporaba en su discurso “la teoría de los dos demonios”, pues con el primero se denunció penalmente a los líderes de Montoneros y del Ejército Revolucionario del Pueblo y por el segundo se ordenó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas -el CONSUFA, un órgano administrativo, no judicial- la apertura de un proceso para juzgar los delitos cometidos por miembros de aquellas fuerzas. Esta última medida fue seguida de una reforma al Código de Justicia Militar, que instauró a las cámaras federales, es decir, órganos judiciales, como instancia de revisión del CONSUFA.

Esa fue la razón por la que el histórico juicio a las juntas se celebró en 1985 ante la Cámara Federal porteña, que le ordenó al órgano castrense que le remitiera la causa cuando advirtió que el único objetivo de los “jueces militares” era evitar el juzgamiento de sus camaradas y acosar a las víctimas. Lo mismo ocurrió al año siguiente con el juicio a Camps, a Etchecolatz, al coronel Ovidio Riccheri, al médico Jorge Bergés, al cabo Norberto Cozzani y a los comisarios Alberto Rouse y Luis Héctor Vides, los dos únicos absueltos en ese proceso.

Una política relevante para la realización de esos procesos y para el conocimiento público de los crímenes que se investigaban fue la creación de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP), integrada por reconocidas figuras públicas, que recogió testimonios, documentos e inspeccionó lugares en busca de información con el objetivo de judicializarla. Su enorme acervo, entregado por el escritor Ernesto Sábado al presidente Alfonsín en septiembre de 1984, todavía sigue alimentando las causas judiciales y el resumen de su trabajo quedó inmortalizado en el informe Nunca Más.

En el juicio a Camps y en el que tuvo acusadas a las juntas militares en 1985, la Cámara Federal porteña ordenó continuar la investigación sobre la cadena de mandos, es decir, sobre quienes transmitieron y ejecutaron las órdenes. El resultado de los juicios generó intranquilidad en sindicados represores que estaban en funciones en cargos altos en las fuerzas armadas y de seguridad y, por lo tanto, con poder genuino de volver a utilizar la fuerza contra un gobierno constitucional.

Pese al enorme apoyo popular a los juicios, pero en el marco de una marcada crisis económica, el gobierno reaccionó ante distintos planteos y amenazas veladas con la sanción de la ley 23.492, conocida como Punto Final, que en síntesis le daba al Poder Judicial 60 días a partir de su publicación, el 23 de diciembre de 1986, para imputar a presuntos responsables, luego de lo cual caducaría la posibilidad de hacerlo. Lejos de frenar los juicios, los aceleró. La feria judicial de enero de 1987 no impidió que en diferentes jurisdicciones abogados y abogadas de organismos de derechos humanos y funcionarios y funcionarias judiciales comprometidos avanzaran en imputaciones a decenas de represores.

Las presiones castrenses, por tanto, continuaron. El alzamiento carapintada -militares que se alzaron contra el gobierno constitucional y que, armados, se mostraban públicamente con la cara pintada de negro en la puerta de cuarteles y otros edificios públicos- de la Semana Santa de 1987 derivó en que el Gobierno nacional realizara una nueva defección y enviara y aprobara en el Congreso la ley 23.521, conocida como de Obediencia Debida. Contra los principios generales del derecho, la ley introdujo una presunción sin admitir prueba en contrario en favor de los imputados por los crímenes del terrorismo de Estado: sostuvo que el personal subalterno -entre ellos, oficiales superiores- que intervino en esos hechos actuó en cumplimiento de órdenes y que, por lo tanto, no era punible.

La ley de Obediencia Debida llegó a beneficiar a oficiales de la jerarquía de Etchecolaz, por ejemplo, que ya había sido condenado y recuperó la libertad.

Después de aquello, los únicos detenidos y sometidos a proceso fueron los comandantes condenados en el juicio a las juntas, Camps y Riccheri, y otros oficiales de alto rango que estaban procesados. De su impunidad se encargó el gobierno siguiente. Esta vez no fue necesario justificar que hubo una guerra. Por el contrario, la medida se fundó en la necesidad de lograr “la pacificación nacional”.

Con ese argumento, el presidente Carlos Menem utilizó una facultad que le confiere la Constitución Nacional y dictó dos tandas de indultos: el 6 de octubre de 1989, los decretos 1002, 1003, 1004 y 1005, con los que benefició a diferentes grupos de personas, entre quienes también estaban los investigados por los alzamientos de la Semana Santa del ‘87 y la junta militar que llevó al país a la Guerra de Malvinas, que había sido condenada por la desastrosa campaña. El Día de los Santos Inocentes de 1990, anunció el decreto 2741, que dejó libres a los condenados en el juicio a las juntas militares. También firmó otros cinco decretos de números consecutivos que indultaron a otras personas, entre ellos al líder de Montoneros, Mario Firmenich, y al exministro de Economía Alfredo Martínez de Hoz.

La década luchada

La década del ‘90 no solo se caracterizó por la impunidad, sino también por las respuestas creativas del movimiento de derechos humanos para mantener en agenda los crímenes de la dictadura y sus consecuencias.

Fondo Documental de la Comisión Provincial por la Memoria

Hubo una serie de hechos que marcaron la época y que merecen ser evaluados en conjunto como parte de un proceso de conciencia y de construcción democrática. La protesta y la denuncia de los crímenes más graves de la historia argentina y la habilitación de caminos para su juzgamiento se fue forjando en episodios clave:

●     La Constitución Nacional reformada en 1994 estableció en el inciso 22 del artículo 75 que “los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes”, e incluso instituyó que ciertos instrumentos internacionales sobre derechos humanos “en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional”, lo cual significa que forman parte del texto de la Constitución y, por lo tanto, se encuentran por encima de cualquier ley, como aquellas que consagraron la impunidad.

●     La extradición de los exoficiales de las SS Josef Franz Leo Schwammberger y Erich Priebke en 1990 y 1994, descubiertos Córdoba y Bariloche, respectivamente. La Corte Suprema en 1994 dio cauce a los requerimientos de los poderes judiciales de Alemania e Italia en fallos que negaron la prescripción de los crímenes contra la humanidad. Ambos fueron condenados posteriormente en aquellos países por crímenes durante el Holocausto.

●     En 1995, el Congreso Nacional aprobó mediante la ley 24.556 la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, instrumento que declara la imprescriptibilidad del delito y obliga al Estado a investigar y a sancionar.

●     El poder militar mermó no solo por la falta de presupuesto, sino porque en 1995 fue derogado el Servicio Militar Obligatorio, lo cual impidió que las fuerzas armadas pudieran reclutar anualmente varones de 18 a 21 años.

●     La apertura de los juicios por la verdad, es decir, procesos judiciales que indagaron en torno a los hechos e individualización de imputados, pero que no avanzaron en su sanción por la vigencia de las leyes de impunidad. Tal vez fueron la búsqueda más creativa del movimiento de derechos humanos, afianzada en el derecho a la verdad -como parte del derecho a la justicia- y al duelo, práctica ancestral de todas las culturas del mundo, que fue birlada por el crimen de desaparición forzada. Juicios de estas características se abrieron en diferentes jurisdicciones del país. Motorizado por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata y familiares de víctimas, en esta ciudad se inició el primero, con audiencias públicas semanales desde el 30 de septiembre de 1998, conducidas por la Cámara Federal, que desarchivó unos 2 mil habeas corpus que habían presentado sin éxito durante la dictadura los parientes de las personas desaparecidas. La prueba de los casos de ese proceso llevó al primer juicio penal en el que se juzgó a Etchecolatz en 2006 tras la caída de las leyes. En 1999 el Estado argentino se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a abrir juicios de estas características, en el marco de una solución amistosa a la que arribó con la madre de Plaza de Mayo Carmen Aguiar de Lapacó, quien debió llegar hasta la instancia internacional porque desde 1995 todos los estamentos del Poder Judicial de la Nación le negaron el derecho.

●     La confesión pública del excapitán de corbeta Adolfo Francisco Scilingo, quien en 1995 admitió su participación en los “vuelos de la muerte”, que consistieron en arrojar a las víctimas vivas al océano desde aviones de la Armada y la Prefectura. Los hechos se conocían por el relato de sobrevivientes y el hallazgo de cuerpos mutilados en las costas, pero el relato del represor le puso identidad a los represores impunes por estos crímenes.

●     También influyeron los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos en Argentina abiertos en otros países, como en España, Italia y Francia, con diferentes argumentos, como la nacionalidad de las víctimas y la aplicación del principio subsidiario de jurisdicción universal para investigar y sancionar ese tipo de delitos, dado que aquí estaban vigentes las leyes de impunidad. Scilingo, en efecto, fue el primer militar argentino detenido en España y luego condenado allí, donde murió.

●     En 1998 se abrió la causa que investigó el plan sistemático de apropiación de niños y niñas, hijos e hijas de las víctimas adultas, que devolvió a la cárcel a Videla, a Massera y a otros jerarcas militares. El avance de este caso fue posible porque ese delito había sido excluido expresamente de las leyes de impunidad. 

●     La aparición en sociedad de la organización HIJOS, para la época hombres y mujeres jóvenes -algunos/as adolescentes- cuya presencia evidenció la ausencia de una generación desaparecida. Dotaron de frescura y desenfado al movimiento de derechos humanos, pues -entre otras acciones- encabezaron los escraches para señalizar las casas de los represores y denunciar su impunidad.

●     La derogación en 1998 de las leyes de impunidad, que tuvo un efecto simbólico, pues implicó que las normas no podrían aplicarse hacia el futuro. En los hechos, solo fue borrar las dos leyes del orden jurídico. Para los beneficiados pervivieron los efectos de la ley penal más benigna, que cayeron años después cuando la Corte ratificó la inconstitucionalidad de las normas y el Congreso dictó una ley que las anuló.

La enumeración de episodios no es taxativa. Los pertinaces reclamos en las calles, en los tribunales, en los foros internacionales, las acciones individuales y colectivas, abrieron el camino a la sanción de los crímenes.

La consolidación posterior de los juicios a partir de la reapertura ha derivado en un cambio: quienes propician la impunidad viraron su estrategia a la mitigación de los efectos de las sanciones. En 2017, una flamante composición de la Corte falló a favor de conmutación de penas a la mitad, con la aplicación del “dos por uno”, aun pese a la prohibición que establecen los pactos internacionales para estos casos. La respuesta fue una enorme movilización que obligó a que una abrumadora mayoría en el Congreso apruebe una “ley interpretativa”, la 27.362, que estableció que no puede aplicarse ese beneficio en casos de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra.

En el actual gobierno se desplegó una “batalla cultural”, particularmente negacionista, en una suerte de terraplanismo de los derechos humanos que niega lo comprobado en las sentencias. Junto con los discursos se tomaron ciertas acciones, como la reunión de legisladores y legisladoras oficialistas con represores alojados en la cárcel de Campo de Mayo en julio de 2024 y políticas de desfinanciamiento de todas las áreas del Poder Ejecutivo que prestaban asistencia en los juicios, desde la promoción de querellas y la gestión de archivos hasta la contención de las víctimas. El menú de acciones también agitó versiones de un nuevo indulto.

El aniversario 50° del golpe de Estado es una ocasión más para recordar que la historia no está escrita de antemano y que estos juicios son el fruto del trabajo cotidiano y de un consenso social que se construye a diario.

El último medio siglo está signado por las consecuencias de la violencia desplegada por el terrorismo de Estado, pero también por la búsqueda de justicia y la lucha contra la impunidad de aquellos crímenes que hoy todavía se juzgan, con una sociedad organizada a través del activismo de los organismos de derechos humanos y de quienes, aún sin organizarse, salieron a la calle cada vez que la historia los y las convocó.

Fondo Documental de la Comisión Provincial por la Memoria
Invitame un café en cafecito.app