El juicio por la Masacre de Magdalena llegó a su fin y los familiares de las víctimas se quedaron con gusto a poco. Cuando escucharon que el Tribunal Oral Criminal 5 de La Plata informó de la condena al ex director de la Unidad, Daniel Oscar Tejeda, al entonces jefe de guardia Raimundo Héctor Fernández y el oficial a cargo, Rubén Alejandro Montes de Oca, y luego de la absolución de 14 agentes penitenciarios, lo único que pudieron pensar es en la única carta que les queda: realizar una pronta apelación.
«Sabíamos que la sentencia iba a llegar de forma tardía, los hechos sucedieron hace 12 años y para un caso de violencia institucional es demasiado», dijo a Perycia Sofía Caravelos, abogada del CIAJ, que formó parte de la querella. Y agregó: «En todos estos años hubo intentos del Servicio Penitenciario para desvincular a los agentes involucrados, porque las pruebas era contundentes».
A Caravelos le sorprendió la sentencia: esperaba una condena ejemplar. «Teníamos expectativa porque se había comprobado el grado de responsabilidad particular de cada agente, y ahora ni siquiera sabemos los fundamentos de la sentencia. Vamos a apelar, esta causa se había archivado y junto al Centro Estudios Legales y Sociales (CELS) logramos que suceda este juicio. No nos vamos a rendir», explicó.
La noche del 15 de octubre de 2005, 33 personas privadas de su libertad murieron asfixiadas y quemadas en un incendio ocurrido en el pabellón 16 de la Unidad Penal N 28 de Magdalena. Poco tiempo antes, el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) había ingresado al pabellón con escopetas con munición antitumulto como respuesta a una supuesta discusión entre dos internos. La tesis de un eventual motín que pudiera deslindar responsabilidades ante la imposibilidad de actuar frente al riesgo de fuga quedó disipada con las declaraciones de bomberos.
Según los testimonios, los agentes dispararon balas de goma a quemarropa, golpearon a los detenidos y lanzaron perros contra ellos. Durante el juicio, los testigos aseguraron que, tras este episodio represivo, se inició un foco de incendio en el fondo del pabellón. Los penitenciarios se replegaron y cerraron la puerta con candado: encerraron a los detenidos en un pabellón en llamas, tras lo cual 33 de ellos murieron quemados y asfixiados.
Desde el CELS indicaron que «no se trataba de situaciones aisladas sino de condiciones estructurales del sistema penitenciario: el lugar no cumplía con los estándares internacionales mínimos para el alojamiento de personas».
Según Caravelos, la situación de hacinamiento y la ausencia de medidas de seguridad, previas al incendio, no fueron tomadas finalmente por los jueces, pese a que se habían probado. Es decir: que no sólo hubo «acción deliberada» en el delito de abandono de persona seguida de muerte sino que había un estado de cosas plagado de irregularidades que predisponía al peor de los desastres. Sin embargo, el veredicto omitió los testimonios que cargaron sobre los agentes y sólo condenó a los máximos responsables.
«Este fallo no hace más que confirmar un cerco de impunidad que se extiende hasta el presente -dijo Caravelos-, donde en la provincia de Buenos Aires tenemos concentrada más del 60 por ciento de la población carcelaria del país. Y hoy se da una sobrepoblación más grave que en 2005, se siguen usando los calabozos en las comisarías, y siguen dándose masacres como la que ocurrió en Pergamino el año pasado con siete personas fallecidas. Hay una responsabilidad política coexistiendo con las responsabilidad particulares de los agentes. Y la Masacre de Magdalena no tengo dudas se podría repetir porque el sistema penitenciario es una máquina de producir muertes».