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Géneros

Un fallo que sienta precedente

El hostigador de una pareja gay deberá pedir disculpas públicas, realizar tareas comunitarias y capacitarse en temas LGBT

Cuando Pablo Cavaignac y Cristian Jacobsen publicaron fotos en redes sociales de cómo habían quedado sus cuerpos después de los golpes que recibieron en Palermo cuando se estaban besando en la calle, empezaron los insultos y amenazas virtuales de al menos tres cuentas distintas con un fuerte discurso homo-odiante. La investigación descubriría que se trataba de una misma persona. La Justicia, avalada por la pareja, ordenó que el hostigador se disculpe públicamente y cumpla una probation en un área de género LGBTIQ+.

Por: Facundo Lo Duca
Ilustración: Lucía Giusiano
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11/8/2022

Los mensajes por Instagram llegaban como cataratas desde tres cuentas diferentes: “Aguante el HIV”. “Bien cagados a palos”. “Sidosos”. “Putos de mierda”. “Ya los vas a agarrar de vuelta y no la cuentan”. “Las minorías se adaptan a las mayorías, no al revés. Y si no lo entendieron por las buenas, lo van a entender por las malas”. “Ahora sabemos dónde viven. Es cuestión de irlos a buscar”. 

Vencer a la Justicia que no investiga

El 30 de septiembre de 2020 Pablo Cavaignac y Cristian Jacobsen habían sido atacados y golpeados por tres sujetos, mientras se besaban en la esquina de su casa en el barrio porteño de Palermo. Al otro día, la pareja compartió en sus redes sociales las imágenes de las lesiones que habían sufrido. Fue cuando los hostigamientos y las amenazas homofóbicas comenzaron. 

Ambos denunciaron las agresiones y los mensajes de odio posteriores ante la Justicia. Su demanda, sin embargo, fue archivada en dos oportunidades por la Fiscalía Penal Contravencional y de Faltas Nº 22 a cargo de Mariela De Minicis, quien se excusó de no tener pruebas concluyentes para detener a los culpables.

Tras una ardua insistencia por parte de la pareja para que la Justicia presione a Facebook e identifique quién estaba detrás de esos perfiles, se obtuvo la información suficiente para dar con el responsable. De esta forma, el pasado 15 de julio ─día en que se celebra la aprobación de la Ley del Matrimonio Igualitario en Argentina─ se llevó a cabo una audiencia virtual entre las víctimas y su hostigador. Así, Pablo y Cristian se encontraron por primera vez con la persona que los agredía escondido detrás de una computadora. 

La concientización como herramienta de cambio

Con la presencia del juez Marcelo Bartumeu Romero, a cargo del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 11, la fiscal Mariela De Deminicis, las víctimas junto a su defensor y el imputado con su abogada, se celebró la audiencia virtual. 

La audiencia tenía dos objetivos, previamente aceptados por Pablo y Cristian. El primero era: establecer las pautas para la suspensión del proceso a prueba (probation*) del acusado. Lo que determinó el juez es que el hostigador debe realizar 60 horas de tareas comunitarias en la Dirección General de Convivencia en la Diversidad, como así también finalizar el curso “Discriminación, un problema social que nos convoca a todos/es/as, dictado por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Además, tendrá que brindar unas disculpas públicas a Pablo y Cristian en sus redes sociales. 

“Aprendí que hay límites”

El autor de las amenazas e insultos homo-odiantes fue quien habló primero en la audiencia. “En los últimos días, me puse a pensar por qué tenía ese nivel de virulencia”, dijo el denunciado. “Creo que la pandemia me hizo perder el control emocional porque leyendo los mensajes parecía que tenía un problema con mis emociones. No fue algo premeditado”, se excusó. Y agregó: “Aprendí que hay límites, no se puede escribir lo que uno quiere en Internet. Hablaba de manera ignorante. Quiero que sepan que estuvo muy mal y les pido disculpas”.

Luego fue el turno de la pareja. “Agradecemos las disculpas, pero no las aceptamos”, explicó Pablo. “Nos golpearon por ser dos hombres besándose en la calle. Eso fue noticia y en ese estado de notoriedad pensaron que éramos personas públicas para recibir calumnias y discursos de odio”.

Los efectos de las amenazas

Tanto Pablo como Cristian detallaron todo lo que sufrieron desde que fueron amenazados por el acusado: “Tuvimos un botón antipánico por más de un mes. Nos fuimos a alquilar otro departamento por temor a que estos discursos de odio se materializaran. Mi novio (Cristián) tuvo tratamiento psiquiátrico e iba a trabajar en taxi por temor a caminar en la calle”. 

No somos punitivistas. Esperamos que la Justicia lo pueda resolver, pero no nos corresponde a nosotros como víctimas tener que andar pedagogizando a nadie”, señaló Cavaignac. Además, apuntaron contra el poder judicial y el archivo de la causa: “Nos parece que se debe mandar un mensaje a un foro especializado o una fiscalía de género y diversidad para que esto se tenga en cuenta como un gran precedente porque parecía que no iba a tener ninguna consecuencia”. Y finalizaron: “El Estado tiene que reafirmar su compromiso con la no tolerancia de este tipo de comportamientos. Hoy es leve pero mañana puede ser peor”.

La pareja, por otro lado, anticipó que iniciará una demanda contra el imputado en el fuero civil para intentar obtener una reparación económica de los daños. “Lo que padecimos no solo nos afectó, sino que también nos costó dinero”, agregaron.

“Para que usted adquiera empatía”

El juez Bartumeu Romero también se refirió a las medidas de la probation y le habló directamente al imputado: “Con esto se le da la oportunidad a usted de no estigmatizarlo con una condena, que sabemos que ocurre, pero esa decisión no es gratis”, aseveró el magistrado. “Es importante que internalice estas conductas y las revierta. Y si no lo hace, o comete otro delito, debo advertirle que afrontará las consecuencias legales de sus actos”

La acusación formal en su contra, detalló el juez, es por “amenazas agravadas por odio con motivo de la orientación sexual” y corresponde a la Ley 23.592 que penaliza actos discriminatorios. La norma establece una pena de entre seis meses y tres años de prisión.  “El hecho de que usted tenga que hacer 60 horas de comunitaria ─siguió Bartumeu Romero─ van a servir para que usted adquiera empatía al trabajar con ciudadanos de diferentes orientaciones sexuales”.

“Festejamos que se generó una reacción de la Justicia”

Pablo Cavaignac contó sus sensaciones tras la audiencia: “Nos pareció fuerte la instancia de encontrarnos con una persona que nos amenazaba”, le dijo a Perycia. “No aceptamos las disculpas porque son discursos que habilitan a que se comentan hechos más graves”, señaló. 

“Le pedí al juez que tenga especialmente en cuenta esto y que haya un compromiso por parte del Poder Judicial en la protección de los derechos humanos y las diversidades sexuales”, explicó Cavaignac. 

La policía: “Sólo fue un acto homofóbico”

Respecto al archivo de sus denuncias iniciales tras la golpiza que recibieron en la vía pública, Pablo apuntó contra la policía: “Nos dijeron que no pudieron identificar a los agresores cuando sabemos que es mentira. Si hablan con los que estuvieron patrullando ese día, pueden obtener ese dato”. 

El otro hecho que señalaron en su declaración fue la resistencia de los oficiales a llamar una ambulancia desde la comisaría cuando llegaron. Según los efectivos, no lo hicieron “por cuestiones sanitarias de prevención de COVID”. “Como habíamos rechazado la ambulancia al llamar al 911 desde la calle, se agarraron de eso. Pero en ese momento no éramos conscientes de los golpes. Después en la comisaría nos empezó a doler todo”, explica. 

Otro detalle que Pablo marca es la redacción de la denuncia policial: “Pusieron que no nos robaron y que solo fue acto homofóbico. Eso lo vamos a apelar. Fue la última denuncia de todo lo que nos pasó”. Sobre la visibilización que tuvo el caso en diferentes medios, Pablo aseguró que no lo hicieron solos y que fue “gracias a la lucha y el apoyo de muchas organizaciones”.“Festejamos que se generó una reacción en la Justicia para que alguien se haga responsable de esos actos y que no haya impunidad en los discursos de odio”, detalló.

Las cifras del odio

El Observatorio Nacional de Crímenes de Odio LGBT+, creado por la Defensoría LGBT ─dependiente del INADI─, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires expuso en su último informe las cifras en torno a las agresiones contra personas de diversos géneros y orientaciones sexuales.

En el año 2021, detalla el documento, ocurrieron 120 crímenes de odio en Argentina, “en donde la orientación sexual, la identidad y la expresión de género de todas las víctimas fueron utilizadas como pretexto discriminatorio para la vulneración de sus derechos y la violencia contra ellas”, señalaron.

Sin embargo, el informe aclara que estos números no son exactos, ya que solo incluyen aquellos casos que fueron elevados por los medios de comunicación o ingresados como denuncias en la Defensoría LGBT, ante las organizaciones de la Federación Argentina LGBT (FALGBT+) o documentados por el Centro de Documentación y Situación Trans en Latinoamérica y el Caribe (CeDoSTALC). Es decir, únicamente permiten vislumbrar una realidad “que es, sin duda, mucho peor de lo que sugieren los números”.

Del total de las personas de la comunidad LGBT+ víctimas de crímenes de odio registrados en 2021, los datos de la investigación arrojaron que el 80% de los casos corresponden a mujeres trans (travestis, transexuales y transgéneros); en segundo lugar, con el 12% se encuentran los varones gays cis; en tercer lugar con el 4% de los casos le siguen los varones trans; luego con el 2% las lesbianas; y por último con el 1% respectivamente cada una, las personas bisexuales y no binaries.

De todos estos crímenes, el informe detalla que el 71% de los casos fueron lesiones al derecho a la vida. Es decir: asesinatos, suicidios y muertes por violencia estructural. El 29% restante, en cambio, corresponden a lesiones al derecho a la integridad física: violencia física que no terminó en muerte.

Por otra parte, al comparar los datos del año 2021 con el periodo 2020, el informe muestra “algunos cambios preocupantes”. Si bien la cantidad de crímenes de odio disminuyó –hubo 152 casos en 2020 y 120 en 2021–, la cantidad de muertes no acompañó esta reducción: se mantuvo casi igual (de 86 a 85 casos). Lo grave, señala la organización, es que dentro de esas muertes, aumentó la cantidad de asesinatos. De un 16% en 2020, el porcentaje de homicidios creció a un 20% en 2021. 

Los ataques, muchas veces, también son simbólicos. A mediados de enero de este año, el centro cultural ‘Maricafé’ de Palermo, un sitio que abiertamente se presenta como inclusivo y diverso, fue atentado por dos personas que intentaron prenderlo fuego durante la madrugada. 

En televisión los discursos de odio también son preocupantes para las organizaciones y la comunidad LGBTIQ+. En marzo, la diputada provincial Amalia Granata arremetió públicamente contra los subsidios para personas trans: “En la Legislatura ingresan proyectos para darles más derechos a los trans o porque son trans darles viviendas gratis o pagar desde el Estado. No tenés ninguna incapacidad para ir a trabajar. Ante la ley, el hombre y la mujer somos iguales”.

Un mes después, Viviana Canosa criticó en su programa a un joven diseñador que habitualmente se viste con polleras y lo muestra en sus redes. “No salgas así a la calle, por favor”, le recomendó la exconductora de América TV. 

En mayo, el diputado Javier Milei aseguró en un discurso que, si llega a ser presidente en 2023, cerrará el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. “No tengo por qué sentir vergüenza de ser un hombre blanco, rubio y de ojos celestes. No le voy a conceder nada al marxismo cultural”, dijo el derechista. 

Este año, la Defensoría del Público de Argentina recibió 750 reclamos en esos meses contra opiniones realizadas en programas de televisión vinculadas a los feminismos, la violencia de género y los derechos de la población LGTBIQ+.


*Probation: La suspensión del juicio a prueba, también conocida como probation, es una medida alternativa de resolución de  conflictos. Se suspende la acción penal o ejecución de la pena a condición de que la persona no cometa un nuevo delito, que repare el daño y cumpla reglas de conducta impuestas por el tribunal. No requiere demostración de culpabilidad, manteniendo el principio de inocencia. En general, se aplica para delitos de acción pública reprimidos con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres (3) años.