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Violencia institucional

Juicios históricos por los asesinatos de Saulo Rojas y Matías Carbonell

MORIR JOVEN en el LOQUERO (y que a casi nadie le importe)

Saulo y Matías tenían 23 años cuando murieron encerrados en manicomios. Uno privado, el otro público. Porque a pesar de las bondades de la ya no tan nueva Ley Nacional de Salud Mental sancionada en 2010, siguen abiertos y cobrándose víctimas. Sin embargo, parece haber llegado al menos un minuto de justicia.

Por: Adriana Meyer
Foto: Aportes de Pablo Galfré, CPM y CELS.
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En las últimas semanas se produjeron dos juicios y una sentencia histórica: por primera vez fueron al banquillo empleados y responsables del Hospital Neuropsiquiátrico Borda, en la Capital Federal, y de la Clínica San Camilo en la provincia de Buenos Aires. En este último caso, fue condenado un encargado de seguridad que golpeó a Saulo Rojas, de 23 años, descompensado y deprimido, y lo encerró sin quitarle el cinturón y los cordones.

“Era un flaquito morochón, de metro sesenta, devoto de Dios, al que le gustaba lucir ropa deportiva y llantas Nike; era hincha de Independiente Rivadavia de Mendoza y cuentan que en los picados de San Camilo los dejaba a todos despatarrados”. Así lo describe el periodista Pablo Galfré en su libro La Comunidad, viaje al abismo de una granja de rehabilitación (Sudestada, 2017). 

Además de su consumo problemático de sustancias, Saulo era insulinodependiente.  Había llegado a la San Camilo en junio de 2012 desde el Barrio La Gloria, una barriada de pobreza estructural de Godoy Cruz, ciudad vecina a Mendoza, porque los centros terapéuticos de esa ciudad le negaron atención con el argumento de que era “imposible de manejar”. Un año más tarde se quitó la vida. 

Morir en la celda

Los cientos de pibes del interior internados en este tipo de comunidades del conurbano bonaerense la pasan peor que los locales. A las pesadillas que implica el trato que reciben se suma el sufrimiento por estar lejos de sus familias. La asistente social mendocina Mari Perrone recuerda a Saulo como un chico dócil, de familia trabajadora, que no tenía motivos para matarse, con rasgos depresivos pero no suicidas. Para la doctora Norma Carrasco, que lo trató por su diabetes tipo 1, era ubicado y muy respetuoso. 

Fue breve el tiempo de las salidas a visitar a una tía en Hurlingham y de retomar el secundario. Saulo comenzó a andar triste mientras que nadie controlaba sus tres dosis diarias de insulina. En los hechos, Ángel “Pipi” Suñez lo había castigado y encerrado en una celda de aislamiento, algo que prohíbe la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM). Era una pieza pequeñísima con el piso y las paredes de cemento sin revocar, una ventana sin vidrio y la puerta con rejas y candado. 

Saulo estaba deprimido y lloraba. Cuando le llevaron la comida habían pasado demasiadas horas.

Otras muertes en San Camilo

A años luz de ser un caso aislado: en San Camilo murió otra persona, un hombre acusado de ser violador, sin ningún consumo problemático que resultó tener un retraso madurativo y había sido internado por su familia. 

Colaboración Pablo Galfré, autor de La Comunidad, viaje al abismo de una granja de rehabilitación (Sudestada, 2017)

Galfré concluye que los dueños de la clínica “compraban los cuerpos a los familiares para revenderlos dentro del sistema manicomial, los dejaban internados durante años a través de informes médicos falsos para expoliar las finanzas del Estado, obras sociales, prepagas y familias ingenuas; un engranaje bien aceitado que moviliza millones de pesos al año para médicos, psiquiatras, empresarios y farmacéuticas, frente a un sistema judicial miope y cómplice”. 

De hecho, en la causa por la muerte de Saulo la fiscal Cecilia Chaieb ni se molestó en llamar a declarar a testigos ni a las autoridades de esa comunidad terapéutica ubicada en Pilar y en Del Viso, le alcanzó el relato policial. Los testimonios indican que el hombre que llegó a juicio disfrutaba pegando a los pacientes, que una vez le tiró agua hirviendo a uno, que la orden de “engomar” (encerrar) a Saulo la dieron las autoridades, y que Suñez además era el encargado de secuestrar a los pacientes para llevarlos a la clínica.

El Estado ausente

Miriam Lucero, la madre de Saulo, buscó internar a su hijo diabético y adicto no solo en Mendoza sino en varias provincias. Ante el requerimiento del ministerio de Salud, San Camilo fue la única que respondió. “El Estado argentino es responsable porque nunca me dio soluciones y no controló a San Camilo”. Las autoridades de esa clínica le mintieron cuando le informaron que Saulo había fallecido de un paro cardíaco. 

Ella, su abogado Yamil Castro Bianchi y el periodista Galfré aportaron pruebas y testigos a la causa y la impulsaron. Verificaron que golpes, maltratos y sobremedicación eran algo cotidiano en San Camilo. Recién en 2017 fue clausurada por el Ministerio de Salud bonaerense a instancias de una denuncia de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), por “graves falencias edilicias, tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes a los usuarios”. 

Saulo había gritado toda la tarde que se sentía mal, que necesitaba su insulina. En el encierro, la violencia se vuelve tan cotidiana que no se distingue sobre los cuerpos. No hay suicidios sino suicidados que ejercen la violencia sobre sí mismos como un desesperado gesto de protesta, para hacerse ver.

Condena por la muerte de Saulo

El 8 de agosto se produjo la primera condena en la historia por una muerte ocurrida en una institución de ese tipo. 

El juez en lo Correccional de San Isidro Facundo Ocampo determinó que se habían cometido graves violaciones a los derechos humanos y encontró culpable de homicidio culposo a Súñez, ex empleado de seguridad de la comunidad, que cumplirá una pena de tres años de prisión efectiva. 

Fue la primera sentencia desde la sanción de la Ley 26.657 de Salud Mental por el suicidio de un paciente. Sus jefes, el director de la institución, Martín Iribarne, y el director terapéutico, Alejandro Jacinto, se libraron del juicio a cambio de realizar tareas comunitarias.

En su fallo, Ocampo también determinó la responsabilidad de la provincia de Buenos Aires por no fiscalizar a la Fundación San Camilo, y afirmó que “el cumplimiento de este deber podría haber evitado la muerte de Saulo”. Sin embargo, no imputó a funcionario alguno. 

El magistrado remitió el veredicto a la subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias de la provincia para que se investiguen otros casos ocurridos allí. Así lo había pedido en su alegato la fiscal de juicio, Paula Valeria Oyola. “Los horrores vividos en San Camilo no deben suceder nunca más”, cerró su intervención la representante del Ministerio Público. 

“Con esta condena el juez le está diciendo al Estado que todas estas cosas pasaron incumpliendo la LNSM”, sintetizó el abogado de la familia, Yamil Castro Bianchi, del Grupo de Litigio Estratégico. 

¿Nunca Más?

Sería una obviedad expresar que a Miriam nada le devuelve a Saulo. Pero ella pretende que se terminen las prácticas del horror de estas granjas de rehabilitación, donde aumentan los padecimientos de los usuarios a la par de las ganancias de sus dueños. Lucero pretende que el Estado las controle, algo que la CPM viene denunciando que no sucede. 

La CPM había denunciado que en San Camilo se realizaban prácticas sistemáticas de torturas y malos tratos a personas privadas ilegalmente de su libertad, había medidas de aislamiento sistemáticas y arbitrarias, uso abusivo de psicofármacos en el marco de la ausencia completa de un abordaje interdisciplinario de los cuadros médicos.

Galfré tiene comprobados otros 25 homicidios en Pilar. “Si el Estado bonaerense no actúa ante los delitos denunciados en este juicio por una fiscal —torturas, privación de la libertad, secuestro y abuso sexual— el Poder Judicial va a archivar todo como hizo con esas otras muertes”, advirtió el periodista en diálogo con Perycia.


En su fallo, el juez Ocampo también determinó la responsabilidad de la provincia de Buenos Aires por no fiscalizar a la Fundación San Camilo, y afirmó que “el cumplimiento de este deber podría haber evitado la muerte de Saulo”. Sin embargo, no imputó a funcionario alguno. 


Así en la CABA como en el resto del país

En tanto, a principios de agosto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires seis profesionales de la salud del Hospital Borda comenzaron a ser sometidos a juicio oral por la muerte de un joven —casualmente también de 23 años como Saulo Rojas— que se encontraba internado en este neuropsiquiátrico. 

Según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), constituye «el primer caso de torturas dentro de un hospital ocurrido en democracia que llega a juicio en la Argentina”. Matías Carbonell murió el 12 de noviembre de 2010, después de 24 días de agonía en el Hospital Penna, al que había sido trasladado de urgencia, totalmente descompensado, “inconsciente y en estado crítico”.

Ante el Tribunal Oral 14 de la Ciudad de Buenos Aires estarán en el banquillo los jefes de servicio responsables del tratamiento y el cuidado de Matías, quienes están imputados por “tortura, abandono de persona seguido de muerte, ocultamiento de medios de prueba y omisión de denunciar hechos de tortura”. Son el psicólogo Roberto Capiello; los psiquiatras Fabián Pintow y Silvia Scheweitzer. Y también los enfermeros Hugo Dospital, Ismael Portillo y Jorge Mastricola. 

Matías había sido internado “compulsivamente, por disposición judicial”.

Colaboración P.G.

¿Qué le hicieron a Matías?

La investigación judicial comenzó cuando Carbonell aún se encontraba con vida, a partir de la denuncia realizada por los médicos que lo atendieron en el Penna tras descubrir diferentes lesiones, entre ellas golpes y quemaduras en el tórax y uno de sus brazos, compatibles con electrocución. «A ninguno de los funcionarios a cargo de su salud (en el hospital Borda) le pareció pertinente denunciar”, advirtieron desde el CELS. 

La autopsia revelaría que Carbonell murió “a causa del daño irreversible que había recibido su organismo”. Además, “se verificó que el uso de medicación no se relacionaba con su cuadro o en dosis excesiva, cuya finalidad no era el tratamiento de la víctima sino el control social”, aseguró el abogado Tomás Griffa, del grupo de litigio del CELS y en representación de la familia de Matías. 

No son casos aislados

El letrado destacó que, a pesar de que lo que vivió Matías no fue un hecho aislado sino el resultado de “prácticas punitivas comunes del encierro manicomial, en donde prevalece un régimen centrado en el castigo y el control en base al abuso de poder”, este tipo de muertes difícilmente llegan a hacerse públicas y a obtener justicia.

“El juicio de Matías Carbonell sin duda marca un hecho histórico en el enjuiciamiento de personas que ejercen cargos en el Hospital Borda”, dice a Perycia Macarena Sabin Paz, Coordinadora del Equipo Salud Mental del CELS. La experta sostiene que en Argentina hubo una tendencia a naturalizar y no se han investigado las muertes en instituciones psiquiátricas, siendo que son personas bajo tutela del Estado. 

“Esto (los juicios) es un freno a la impunidad en estos lugares, es la demarcación de que no se puede hacer cualquier cosa, desde la sanción de la LNSM hay órganos de control, se empieza a revertir esta idea de la peligrosidad de quienes tienen padecimientos mentales”, agrega Sabin Paz.  

El juicio por la muerte de Matías tiene previstas audiencias una vez por semana, lo que llevará el debate hasta fin de año. “Es un juicio de mucha trascendencia, que va a ayudar a visibilizar la realidad que se vive dentro de los hospitales neuropsiquiátricos y que se mantienen en muchas jurisdicciones del país, como la Ciudad de Buenos Aires, en un claro desapego a la LNSM a 12 años de su sanción”, dijo Griffa.

Foto tomada por la Comisión Provincial por la Memoria durante las inspecciones.

El censo también tuvo un apartado para establecer si los internos tuvieron acceso a distintos canales de comunicación y realización de salidas. En ese sentido, el 41,6% de las personas refirió poder realizar llamadas telefónicas y el 34,1 % no recibió visitas. Por otro lado, se constató que el 28,5% firmaron un consentimiento informado y sólo el 36,4% de las personas que continúan internadas es por presentar riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.

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