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Crónicas de la Justicia

Los índices de violencia de la Bonaerense

El secreto mejor guardado

En agosto, la jueza Claudia Greco decidió archivar el amparo que una periodista de este medio presentó para que el ministerio de Seguridad provincial le informara la cantidad de personas que murieron por disparos de la Bonaerense entre 2001 y 2018. Excusada en la contradictoria legislación provincial, la magistrada avaló la negativa ministerial de brindar la información que debe producir. 

Por: Redacción Perycia
Foto: Ilustración de Juan Bértola
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La Justicia bonaerense desconoció el derecho de acceder a información pública en un recurso de amparo iniciado hace cuatro años por la periodista especializada en datos y editora en este medio, Rosario Marina. El expediente ahora archivado por la jueza Claudia Greco se inició en agosto de 2019, cuando Marina agotó las instancias administrativas para que el Ministerio de Seguridad provincial informara la cantidad de personas fallecidas entre enero de 2001 y octubre de 2018 a causa de disparos ejecutados por personal de la policía bonaerense. 

En noviembre de 2018, Marina había iniciado la solicitud de información pública para que la cartera provincial indique el género, la edad y el cargo del agente policial que ejecutó los disparos, género y edad de la persona fallecida y lugar y fecha donde tuvieron lugar los hechos. La periodista realizó el mismo pedido al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que le proporcionaron el listado detallado sobre las actuaciones de la Policía Federal y la Policía de la Ciudad. Sin embargo, desde el ministerio bonaerense, que en ese momento se encontraba en manos de Cristian Ritondo, se negaron a responder. 

Asesorada por  la abogada especializada en derecho público y directora de la Clínica de Acceso a la Información Pública de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata, María Emilia Mamberti, la periodista presentó un recurso de amparo para lograr el acceso a la información solicitada. La causa tramitó en el Juzgado Correccional N° 4 de La Plata a cargo de Greco. “Desde el principio pudimos notar la falta de familiaridad del Juzgado con la temática de acceso a la información, y con cuestiones de derecho administrativo general que regulan casos como este, donde la demandada es la Provincia de Buenos Aires”, señaló Mamberti. 

La enmarañada legislación bonaerense 

Dos normas regulan en términos generales el derecho al acceso a la información pública que establece el artículo 12 de la Constitución bonaerense. 

Por un lado, la ley provincial Nº 12475 (sancionada en 2000, durante la gobernación de Carlos Ruckauf), cuyo límite es que restringe el acceso al llamado “interés legítimo”, argumento que usó la provincia para denegar la solicitud de Marina y que la jueza Greco reprodujo en sus fundamentos para rechazar el amparo. Lo que la magistrada no tuvo en cuenta es que también rige el  decreto del Poder Ejecutivo provincial N° 2549 (dictado en 2004 por el gobernador Felipe Solá) que no exige acreditar ningún “interés legítimo” o “fundado” para pedir información pública. 

En síntesis, el sistema de acceso a la información pública del Poder Ejecutivo de la Provincia está regido por dos normas que se contradicen: la ley 12.475, que tiene rango y alcance superiores pero es discrecional, pues pondera la “legitimidad” de los ciudadanos, y el decreto de 2004. 

Además, como señala Claves de la información pública en la provincia de Buenos Aires, «tampoco son unívocos los criterios de estas normas sobre cuánto tiempo tienen los funcionarios para responder las solicitudes. La ley establece 30 días hábiles después de los cuales la solicitud se considera denegada (y el requirente puede interponer acciones de amparo o habeas data, según corresponda). Y el decreto garantiza mayor celeridad: estipula un plazo de 8 días prorrogable a 10 (lo que debe ser comunicado a los interesados antes del primer vencimiento)». Argumento que desde una peculiar interpretación también fue citado por la jueza Greco para disponer finalmente el archivo del reclamo patrocinado por Mamberti

La jueza rechazó el amparo y lo archivo

En noviembre de 2019, tres meses después de que Marina presentara el amparo la jueza lo rechazó. En su resolución, reprodujo los argumentos que expuso en el expediente la Fiscalía de Estado provincial (el cuerpo de abogados del gobierno bonaerense). Apeló a una interpretación restrictiva del concepto de interés legítimo, argumentó que el reclamo era extemporáneo y rechazó lo que describió como «la pretensión de la amparista (…) en requerir la elaboración de un informe por parte del Ministerio de Seguridad». 

Tras el rechazo del amparo, luego de que Marina interpusiera un recurso de apelación, la causa volvió a primera instancia. Pero Greco decidió no intervenir, y en agosto mandó la causa al archivo. Aún planteada la inconstitucionalidad de la negativa al pedido de acceso a la información, Greco siguió firme en su decisión. “Los criterios de los tribunales superiores de nuestro país (incluida la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) son opuestos a los que aplicó la jueza, y permiten un acceso amplio a la información, en línea además con todos los estándares internacionales”, afirmó Mamberti. 

Se sumó la falta de colaboración de la representante de la Provincia en el juicio, la Dra. Natalia Peluso de la Fiscalía de Estado, y de Christian Hernán del Papa de la División de Asuntos Judiciales del Ministerio, que insistían en sus dictámenes y presentaciones en que el Ministerio de Seguridad no tenía la información solicitada, y en que no existe un deber de producir nueva información”, profundizó la abogada de Marina

Tanto la abogada como la periodista consideran que existe registro de la información solicitada dentro del Ministerio ya que “si no los tuviera estaría incurriendo en una omisión muy grave”. Como en su momento contó Perycia, el ministerio de Seguridad lleva un “Registro de Policías Expulsados e Inhabilitados” por diversas causales, entre otras por violencia policial, y de esta manera conoce sobre incidentes con armas, en especial si derivaron en fallecimientos, como se solicita en el pedido de acceso a la información presentado por Marina.

“Esto se lo planteamos a la jueza en varias oportunidades, pero recientemente decidió archivar la causa, repitiendo la excusa infundada de que la Provincia no tenía la información”, explicó la abogada sobre la decisión de Greco. Sin respuestas del Ministerio de Seguridad, ni de la justicia bonaerense, parece imposible saber a ciencia exacta cuáles son los índices de violencia institucional ejercida en la Provincia durante los últimos años, y quiénes son los culpables de las muertes con armas reglamentarias.