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Crónicas de la Justicia

Un día de justicia

Condena a los asesinos de Elías Garay

Después de más de veinticinco audiencias, un tribunal de la justicia rionegrina condenó y fijo una pena de 12 años de cárcel para el hombre que disparó contra el joven mapuche Elías Garay cuando participaba del reclamo por las tierras ancestrales que un empresario forestal explota a 30 km de El Bolsón, en el paraje rural Cuesta del Ternero. En esta nota, los detalles del juicio y los límites de un debate oral al que —por el discurso de odio del que son víctimas— la comunidad mapuche llegó con dudas .

Por: Luciana Avilés
Foto: Alejandra Bartoliche
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Elías Garay fue asesinado de un balazo en el pecho el domingo 21 de noviembre de 2021. Aquella tarde, el joven mapuche de 29 años se encontraba junto a Gonzalo Cabrera, de 26, cuando Diego Ravasio les disparó a quemarropa con una carabina calibre 22. Los jóvenes mapuches estaban en tierras ancestrales que reivindicaban junto a la Lof Quemquentrew, en el paraje rural Cuesta del Ternero. Elías murió. Gonzalo, con dos disparos en el abdomen, fue trasladado de urgencia a la localidad más cercana, El Bolsón, a 30 kilómetros. Luego de varias operaciones, logró sobrevivir aunque todavía con las secuelas de aquel ataque. 

Hoy, cerca de las 13.30, Diego Ravasio y el hombre que hombre que lo asistió aquel día, Martín Cruz Feilberg, escucharon su condena desde el Penal 1 de Viedma, donde se encuentran cumpliendo prisión preventiva. Durante el debate, quedó demostrado además que ambos mantenían relaciones laborales con el empresario forestal Rolando Rocco, quien a pesar de no contar con el título de propiedad aduce ser el dueño de las tierras reclamadas por la comunidad. 

El Tribunal de Bariloche —compuesto por los jueces Gregor Joos, Bernardo Campana y Marcos Burgos— definió por unanimidad que Ravasio deberá cumplir 12 años de prisión por el homicidio de Elías y la tentativa de asesinato de Gonzalo, ambos delitos agravados por el empleo de un arma de fuego, tal como lo habían solicitado tanto la fiscalía como la querella. Según los jueces, Ravasio actuó con intención de matar. “Su accionar fue doloso, disparó desde cerca a los centros vitales de los damnificados. Los testigos presenciales son veraces», sostuvo el juez Campana cuando el 14 de diciembre pasado dio a conocer que lo consideraban culpable del delito. 

A Feilberg el tribunal lo condenó por los mismos hechos a 5 años de prisión, pero en carácter culposo (es decir, porque actuó de manera negligente y favoreció el resultado). En este caso, la pena solicitada por las partes a cargo de la acusación era de 6 años y 8 meses. Entre sus argumentos, los jueces consideraron que el acusado “era consciente de que ingresaron a un predio donde existía un grave conflicto, por el cual se habían establecido retenes policiales. No podía dejar de saber las medidas que se habían ordenado”. Además, dijeron que si bien no fue quien ejecutó el disparo “podría haber elegido tomar otro tipo de comportamiento” para evitar el resultado final. 

Fiscal Betiana Cendón

Sin embargo, los magistrados consideraron que no correspondía aplicar otros agravantes solicitados por la querella y remarcaron que “no hubo un plan previo de matar, ni tampoco de intimidar a las personas que estaban en el predio” por parte de los acusados. Aunque sí consideraron como agravante la fuga de los imputados del lugar del crimen ocurrido en noviembre del 2021.

Vale aclarar que el monto de pena máximo solicitado (12 años) tanto por la fiscalía como por la querella fue acordado con la comunidad mapuche, ya que en Río Negro si el pedido supera los 12 años de prisión, inmediatamente se recurre al juicio por jurado. Esto habilita que doce personas ajenas al poder judicial, inscritas previamente pero elegidas por sorteo, dicten la sentencia y desde la Lof descartaron esta posibilidad por la estigmatización de la que es víctima el pueblo nación mapuche.

El debate oral que alcanzó solo a los ejecutores

En 2022, la causa se elevó a juicio y en diciembre, luego de 24 audiencias en las que pasaron más de cincuenta  testigos, entre ellos efectivos de la Policía de Negro, personal del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER), personal de criminalística, médicos, familiares de la víctima, referentes mapuches, entre otros, el Tribunal de Bariloche encontró a Diego Ravasio y a Martín Cruz Feilberg culpables de haber provocado las heridas de Gonzalo y del asesinato de Elías. 

En una de las audiencias, declaró Rolando Rocco, el empleador de los agresores. Solo lo hizo en calidad de testigo. Admitió la relación contractual con los acusados, a quienes había contratado para realizar tareas forestales, aunque señaló que en el contrato estaba expresamente definido que no se podían realizar tareas de caza en el predio. Lo dijo en alusión al justificativo que plantearon los acusados durante la instrucción al explicar por qué iban armados el día que mataron a Elías. pero inmediatamente los justificó diciendo que se trata de una práctica habitual en la zona. 

La misma teoría fue sostenida luego por los abogados defensores particulares Ernesto Saavedra y Luciano Magaldi (en representación de Feilberg) y el defensor oficial Nelson Vigueras (en representación de Ravasio), quienes plantearon además que aquel día, ambos imputados se habían encontrado casi de casualidad con las víctimas y, luego de un enfrentamiento, tuvieron que actuar para defenderse. 

A pesar de que la Lof siempre responsabilizó a Rocco de ser el autor intelectual del homicidio,  en la causa nunca se abordó esta arista. 

Territorio en disputa

En la Patagonia, son varias las comunidades mapuches que reivindican sus tierras ancestrales, despojadas la mayoría de ellas luego de la llamada Conquista del Desierto, campaña militar encabezada por el General Julio Argentino Roca en la década del 80. Este es el caso de la Lof Quemquemtrew que el 18 de septiembre de 2022, volvió a ingresar al territorio en disputa que hasta entonces se encontraba “deshabitado y a merced de intereses inmobiliarios, forestales e hídricos que contaminan la zona”.

Para acceder al lugar que la comunidad reclama hay que transitar la ruta nacional 40 que une las localidades de Bariloche y El Bolsón y luego tomar un desvío para ingresar a la ruta provincial 6, de ripio, y recorrerla durante 14 kilómetros. En el lugar la señal de celular es nula, apenas residen algunas familias dispersas dedicadas al cultivo y a la ganadería a pequeña escala. Hay una escuela rural y un puesto de la Policía provincial. Los que sobresalen son los campos de pinos en manos de empresarios como Rolando Rocco, que tiene una cuestionada concesión de tierras que, según marcan los integrantes de la comunidad, ni siquiera explotaba hasta el momento en el que se inició el reclamo. 

Los problemas en el territorio iniciaron cuando la Lof plantó bandera, ya que inmediatamente, el empresario Rocco radicó una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Rio Negro, específicamente en la Unidad Descentralizada de El Bolsón. 

Rocco había firmado un contrato para realizar explotaciones forestales en el lugar en cuestión, con una empresa en la cual Feilberg era parte y Diego Ravasio socio. Por eso cuando la comunidad entró al predio, Feilberg dio aviso a su jefe, ya que tanto él como Ravasio habían sido contratados por Rocco para realizar actividades forestales en las 3 mil hectáreas que el empresario se atribuye pese a no tener el título de propiedad. Parte de esas hectáreas son reclamadas por la comunidad mapuche.

Por qué Elías quedó a merced de las balas

En un primer momento, luego de la denuncia, intervino el fiscal adjunto José Luis Torchia y finalmente, quien avanzó con las investigaciones por el delito de usurpación fue el fiscal provincial Francisco Arrien. Según declaraciones de la Lof, en 2021 este último planteó la posibilidad de convocar a una audiencia de conciliación entre las partes, pero Rocco exigió el inmediato desalojo. A los seis días, la Jefa de fiscales, Betiana Cendón, solicitó un operativo para el desalojo. El juez Gregor Joos, uno de los integrantes del tribunal que juzga a los que tiraron contra Elías, lo autorizó y dejó como saldo varios heridos y cuatro detenidos.

Los integrantes de la comunidad denunciaron que ese día les dispararon con balas de goma y de plomo, que les robaron pertenencias y que agredieron a un menor de edad. Ellos solo contaban con piedras para defenderse. Los imputados en esta causa por usurpación son Mauro Vargas, Alejandro Morales Godoy, Lautaro Cárdenas Despo, Juan Cruz Baeza, Ariadna Mansilla y Romina Jones. Su abogada, Andrea Reile, en declaraciones a la prensa local explicó que “por ley (26.160) los desalojos a las comunidades indígenas no pueden realizarse sin un proceso previo como una mesa de diálogo. Existen muchos pasos previos antes de lograr un desalojo y en este caso, la provincia de Río Negro no lo respetó”. Esta causa continúa en trámite ante la justicia rionegrina. 

Después del operativo solicitado por Cendón y ordenado por el juez Joos, algunos integrantes de la comunidad quedaron resistiendo en el territorio y totalmente incomunicados, ya que la policía provincial cercó los accesos y puso retenes en la ruta provincial 6. Además, el gobierno rionegrino tomó medidas que imposibilitan el ingreso de abrigo y comida para quienes quedaron del otro lado, montaña arriba, soportando bajas temperaturas y hambre. Entre ellos, se encontraban el joven mapuche Elías Garay, a quien asesinaron días después, y Gonzalo Cabrera, brutalmente herido. 

“En las noches, cuando nuestros lamien prenden una fogata para calentarse al lado del fuego, se puede ver ese fuego y podemos saber que ellos están bien ahí”, sostuvo por aquellos días Soraya Maicoño, referente mapuche que acompañó los reclamos de la Lof. Tanto el gobierno nacional como el provincial, pese al creciente apoyo de organizaciones de derechos humanos, hicieron oídos sordos a pesar del clima tenso. De hecho, varias mujeres mapuches que se encontraban en el acampe denunciaron que efectivos policiales las insultaban y acosaban. “Se presentía que algo podía llegar a pasar y por eso estábamos en alerta”, dijeron referentes mapuches en las audiencias que se desarrollaron para esclarecer la muerte de Elías. 

EL JUEGO DE LA SIMULACIÓN

Según han manifestado varios referentes mapuches, parte de los conflictos con las comunidades en la Patagonia está vinculada al incumplimiento por parte de la provincia de Río Negro de la ley de emergencia territorial indígena (26.160). Esa norma, que ya tiene 17 años, exige realizar un relevamiento de todos los territorios reclamados por los pueblos originarios pero en Río Negro al 2021 solo habían sido relevadas 55 de 106 comunidades. Esto provoca una situación de indefensión jurídica para quienes no están en ningún registro.

Por otra parte, Río Negro tiene una ley provincial de reconocimiento de la propiedad indígena (2.287), que también está siendo incumplida. De acuerdo a declaraciones de miembros de diversas comunidades, la aplicación de la norma facilitaría la regulación de esas tierras y podría aliviar varios conflictos.

Hoy pareciera que la única herramienta posible para resolver conflictos son las mesas de diálogo en las que debieran participar integrantes de los Estados, referentes mapuches, comunidades en cuestión, organismos de derechos humanos, público interesado, entre otros, como la que sucederá este viernes en Bariloche. La misma tiene como fin resolver, entre otros temas, la situación de las cuatro mujeres mapuches detenidas en la ciudad, quienes fueron brutalmente desalojadas durante un operativo realizado en octubre de 2022 que tuvo como protagonista a la Lof Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi. 

Sin embargo, las diferentes comunidades que se encuentran reivindicando sus tierras continúan en los territorios resistiendo de diferentes maneras, ya que judicialmente son pocas si no es que nulas las respuestas que han encontrado a sus reclamos ancestrales. 

En este momento, la comunidad aún sostiene el reclamo por el territorio, aunque en pos de las negociaciones en febrero del año pasado levantaron el acampe.